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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Es legal recaudar capital a través de fondos sociales o tenemos que solicitar alguna licencia?

20.07.16

Muy Señores Míos,

Les escribo para ver si nuestros planes de recaudar capital a través de fondos sociales es legal o si tendríamos que solicitar alguna licencia.

Proponemos tres fondos sociales pues.

1. Un fondo en lo cual pagamos 7% anual a los inversores al final de cada año y por un período de 7 años después del cual devolvemos el capital. Este dinero es para que invertimos en micro proyectos en países en desarrollo. por ejemplo financiar la siembra y mantenimiento de jengibre en filipinas; dado que el jengibre es muy rentable y que nosotros supervisamos el proyecto, el riesgo es muy bajo.

2. Un fondo en lo cual pagamos 7% anual a los inversores comenzando después de un año de gracia, y pagando el interés y el capital de forma mensual - como por ejemplo una hipoteca, en cuotas fijas durante 30 años. Este dinero se utiliza para comprar mas tiendas de segunda mano, cafeterías y fincas en España para aumentar nuestro base comercial y así poder ayudar a mas niños. Adquirir inmuebles así es mucho más barato y seguro para nosotros que alquilarlos.

3. Un fondo de crecimiento en lo cual pagamos 300% sobre el monto invertido en un tiempo indeterminado, o sea, cuando nos de la gana. Por ejemplo, un inversor invierte 10000 euros y nosotros comprometemos a devolverle 30000 euros en un futuro completamente a nuestra elección. Este tipo de fondo es para que creamos proyectos con ganancias en paises en desarrollo. Por ejemplo, fundamos una granja de pollos en Columbia y abrimos restaurantes de pollo de comida rapida en
dicha país. Este tipo de inversión es buen rentable, y al reinvertir las ganancia, llegaría el momento que podemos devolver los 30000 al inversor sin problemas, y quedarnos con un negocio benéfico rentable.

Espero su respuesta pues.

Un cordial saludo,
Don Antonio Wolseley Wilmsen
Asociacion Niños Necesitados

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

20.07.16

Salvo mejor opinión, su consulta excede con mucho las posibilidades de asesoramiento gratuito propio de este foro. Le recomiendo que contrate los servicios de un asesor financiero, para que planifique las operaciones, y los de un abogado, para que les ayude en el cumplimiento de las obligaciones legales derivadas de la actividad que pretenden poner en marcha.

No obstante, dudo mucho que nadie esté dispuesto a invertir dinero en las condiciones que usted plantea en las dos primeras operaciones a menos que cuenten con una garantía patrimonial suficiente para cubrir las responsabilidades subsiguientes. ¡Y aún menos en la tercera que, tal como usted la plantea, da la peor imagen que pueda imaginar!

Un atento saludo.

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#2

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

20.07.16

Me surgen muchas dudas sobre esta consulta. Creo que en su planteamiento no coincide con los objetivos y operativa de una ONG. Recomendaría que consulte directamente en Hacienda, es posible que tomen nota para una rápida inspección fiscal antes de que haya demasiados inversores.

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#3

Aportada por:

Francisco Rodríguez

Asesor de gestión, Fundraising y economia social

Trabaja en:

Asesor particular

26.07.16

Buenas tardes
coincido ampliamente con las opiniones de mis compañeros.
Hay muchas ONG que tienen SL o cooperativas creadas bajo su amparo para poder recaudar fondos para sus proyectos o realizan emisiones de títulos participativos (que sería más o menos vuestro punto 1) ante esto nada que añadir, pero el caso que nos explicáis nada tiene que ver.
Yo os propongo crear una cooperativa, por ejemplo, porque realmente lo que proponéis (sobretodo los puntos 2 y 3 cuesta verle la parte de “sin ánimo de lucro” que no digo que no exista.

un saludo
Francisco Rodríguez

solucionesong.org
Un proyecto de