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Consulta formulada por:
¿Es legal realizar juntas online, para decidir temas puntuales? ¿Dónde debe contemplarse?
15.12.11
¿Es legal realizar juntas online, para decidir temas puntuales? ¿Si es así debería figurar en los estatutos o símplemente en el reglamento interno?
Muchas gracias.
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
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Asesor particular
15.12.11
Justino,
es perfectamente legal hacer las juntas online o por teléfono para todo tipo de temas, y en estos tiempos yo creo que es conveniente hacerlo.
Si estais haciendo los estatutos es fácil poner en algún artículo de las funciones de la Junta directiva que se fomentará el uso de las tecnologías disponibles para facilitar la asistencia a las reuniones a todos los miembros. Si no, como normalmente no hay nada que lo prohiba, también se puede hacer.
Lo importante es que haya un orden del día de la reunión, que se permita la participación de todos y que después de la reunión el secretario distribuya el acta con los acuerdos lo antes posible.
Saludos,
Aportada por:
Diseñador y consultor de proyectos de cooperación
Trabaja en:
Asesor particular
18.12.11
Estimado Justino,
Como muy bien comenta Valentín, es legal y plausible desarrollar juntas online. Por otro lado cabe destacar que normalmente las normativas arrastran costumbres procedimentales “de hace tiempo”, y en este aspecto es en virtud de coherencia y optimización de medios usar las TIC, las nuevas herramientas de comunicación para desarrollar las tareas comunes de administración. En 15 años muchos soporte sobre papel para dejar constancia de juntas, memorias, etc. serán cosas “del pasado”...
Obviamente, Para que todo esto sea posible se requiere de una sistemática y orden adecuado.
Usar soporte digital para este tipo de tareas: ahora energía, recursos económicos, optimiza nuestro tiempo en el seno de la organización, racionaliza la gestión de la misma, y empondera por tanto asumir e implementar los objetivos que tenga la entidad.
Hacer una alusión explícita en los estatutos sería además muy conveniente. No olvidéis que dentro de los parámetros generales, tenéis carta blanca para definir cómo debe funcionar vuestra entidad…
Un abrazo y suerte con esta necesaria modernización de nuestros usos y costumbres…
Respuesta del participante:
30.12.11
La respuestas ha sido clara y me ha resuelto por completo la duda.
Además ha sido rápida.