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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Susana Mouron

¿Es correcta la acción del Ayuntamiento respecto a una subvención concedida?

28.02.13

Hola,

Realizamos un programa en cuya solicitud se entregó un presupuesto de previsión de 15.800 euros, teniendo en cuenta que había cambios en el IVA .

Al entregar la Memoria y el presupuesto real de la actividad tenemos un presupuesto de 14 454,65 real y debidamente justificado. El Ayuntamiento nos dice que descontará la diferencia ,basándose en la Ley de Subvenciones alegando que teníamos que haber gastado el dinero del primer presupuesto entregado. La Asociación ha puesto más del 20%y el ayuntamiento concedió menos del 80% .

¿Es correcta esta acción por parte del Ayuntamiento? Somos una Asociación sin ánimo de lucro.

¿Qué diferencia existe entre una subvención indirecta y una subvención directa? ¿Se rigen ambas por la Ley de Subvenciones?

Gracias por la respuesta de antemano.

Un saludo.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

28.02.13

En principio parece lógico que una administración pública no subvencione un gasto no efectuado dentro de un programa o actividad concreta; para eso precisamente (y para otras cosas) se exige presentar una justificación.
Por tanto, entiendo quesu actuación es plenamente correcta.

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#2

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

28.02.13

Buenos días,

Si no habéis realizado un gasto, no hay nada que financiar. Entiendo que el ayuntamiento, al presentarle la justificación, ha comprobado que esta es correcta, pero evidentemente, si habéis gastado menos de los subvencionado, tendréis que devolver el dinero, o en caso de no haberlo cobrado aún, recibiréis la parte gastada.
Saludos,

Mariano Romero

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#3

Opinión anónima

28.02.13

Estoy de acuerdo con los comentarios anteriores, hay que ajustar muy bien los presupuestos para no llevarse después “sorpresas desagradables” como puede haber sido vuestro caso. En la resolución de la subvención o en la normativa municipal que la convocó os indicarían los requisitos, y si exigían presentar los gastos realizados efectivamente y sus pagos, no os queda más remedio que hacerlo así, si fue menor la cantidad presentada os la descontarán. No obstante comprobad la normativa por la que se rige vuestra subvención y la resolución que os notificaron con su aprobación.
Respecto a tu pregunta de subvención directa e indirecta, no sé si te refieres a que en algunos supuestos las administraciones dan ayudas o subvenciones directamente a determinadas entidades para realizar un proyecto, en este caso se trata como su nombre indica de subvención directa. En cambio puede haber algún tipo de ayuda o subvención por ejemplo para intereses de un préstamo que las administraciones públicas conceden y que en vez de cobrar todos los intereses solo cobran un porcentaje menor o no cobran nada por disponer de ese dinero prestado. O también a veces se refiere a alguna exención de pago de algún tributo o bonificación para pagar menos importe.
No sé si te refieres a esto o a que en algunas de las subvenciones permiten o se contempla que se impute un % de gasto que denominan indirecto al proyecto concreto objeto de subvención y que no es gasto directo para su ejecución, por ejemplo un % de consumo de electricidad donde se realicen las actividades de gestión de la misma.
Un saludo,

solucionesong.org
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