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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Luciano Murabito

¿Es correcta esta información y este proceder respecto al pago de una persona que va a colaborar con nosotros en unos talleres?

16.01.14

Hola,

Somos una asociación cultural y vamos a organizar a lo largo de un mes una actividad que consta de charla con taller práctico (creemos que 4 sesiones).

A la persona responsable del mismo le vamos a pagar por su colaboración. Tenemos entendido que esto se puede hacer y sería: emitirle a ella el comprobante de la colaboración por el total de su trabajo con su correspondiente retención. Esta última sería del 21% a través del formulario 111 de la Agencia Tributaria atendiendo al trimestre que le corresponda.

Rellenado el impreso como asociación podemos hacer el ingreso en el banco. ¿Es correcta esta información y este proceder?

Agradecemos nos aclaren y corrijan en caso de equívoco.

Saludos y gracias por el buen hacer

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

17.01.14

Hola Luciano,
Al tratarse de una colaboración puntual y esporádica podéis utilizar la fórmula que planteas, solo una observación, y es que esta persona es la que os hará la factura con el bruto descontando el 21% de retención.
A ella le pagaréis el neto, y después ingresaréis el importe correspondiente a la retención en hacienda.
Al año siguiente le emitiréis el certificado de retenciones para que lo pueda incluir en su declaración de la renta.
Ojo si la persona está en el paro cobrando algún tipo de subsidio pues esta fórmula le podría acarrear problemas, mejor que lo comunique al inem a ver que le sugieren.

Saludos, Eva

solucionesong.org
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