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Consulta formulada por:
¿Es compatible que una persona que forma parte de la Junta Directiva, pueda ser liberada como técnica de la asociación?
05.01.10
¿Es compatible que una persona que forma parte de la Junta Directiva, pueda ser liberada como técnica de la asociación?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Asesor legal y contable de ENLs www.riberetaverda.org
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Asesor particular
05.01.10
Buenos días Marian,
Entiendo que si no lo prohiben los Estatutos, sí se puede.
Albert Figa
Opinión anónima
05.01.10
Hola Marian!
Una pregunta idéntica está resuelta en esta web. En resumen se venía a decir que sí, se puede contratar/y remunerar por funciones distintas a las de miembro de la Junta Directiva, que por ley deben ser no remuneradas.
Gracias!
Salvador
Muy buena
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
05.01.10
Si por liberada quereis decir que va a ser contratada laboralmente y con cobro de salario, no hay ningun problema, a menos que lo prohiban expresamente los Estatutos.
Mirar en este mismo foro pues hay numerosas consultas y respuestas sobre este mismo tema
Muy buena
Aportada por:
Asesor ENL fiscal y laboral. Graduado Social. Máster Asesoría Fiscalwww.viaasesores.com
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Asesor particular
05.01.10
no hay problema, siempre y cuando lo haya autorizado la asamblea o esté reflejada esta posibilidad estatutariamente, hay que llevar cuidado con las limitaciones si el dinero sale de subvenciones.
lo que no se permite es que se remunere por el cargo institucional, lo cual es diferente a realizar un trabajo remunerado dentro de la misma asociación.
Opinión anónima
08.01.10
Mientras las funciones de las tareas realizadas sean distintas al cargo que tiene en la junta no hay ningún problema . Suerte