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¿Es cierto que si somos declarados de utilidad pública tenemos acceso gratuitamente a una auditoría extrena anual?
29.08.07
Nos gustaría saber que ventajas tenemos si nuestra asociación es declarada de utilidad pública. Nos han dicho que tendríamos acceso a una auditoría externa gratuita anual, ¿es cierto?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Técnico de proyecto.
Trabaja en:
19.09.07
Hola Empar,
La Ley 1/2002 de Asociaciones recoge en el artículo 33 los derechos de la asociaciones declaradas de utilidad pública y en el 34 sus obligaciones. El Real Decreto 1740/03 desarrolla la normativa de aplicación para las asociaciones declaradas de utilidad pública con más detalle.
En cuanto a la opción de una auditoría gratis no tengo constancia de ese derecho, por lo menos en la legislación nacional. Tal vez algún organismo local o autonómico sí financie esa auditoría. Otra alternativa son las convocatorias de financiadores privados destinadas al fortalecimiento de las entidades no lucrativas que en ocasiones pueden contemplar esta opción.
El artículo 5.2 del RD 1740/03 establece que las asociaciones de utilidad pública formularán sus cuentas según Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos, contenidas en el anexo I del Real Decreto 776/1998. Este RD dispone la obligación de auditoría externa si se cumplen unos requisitos en cuanto a ingresos, importe del balance y plantilla.
La decisión de solicitar la declaración de utilidad pública debe ser reflexionada en la organización por las consecuencias que tiene en cuanto a obligaciones formales adicionales, ventajas para los donantes, notoriedad…
Saludos
Diego Lejarazu