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Consulta formulada por:
En una mudanza hemos perdido libros y documentos originales ¿Qué podemos hacer?
28.10.16
Hola,
Somos una asociación pequeña que existe en el desde 2004.
En una mudanza reciente hemos perdido los libros de la asociación y bastantes documentos originales.
¿Qué hay que hacer ahora para volver a tener libros legales?
De algunas cosas tenemos fotocopias, documentos y escaneados, borradores… Pero de otras no tenemos nada.
Gracias
Helena
Respuestas
Aportada por:
Asesor de gestión, Fundraising y economia social
Trabaja en:
Asesor particular
28.10.16
Buenos dias
De los libros que pasen más de 6 años ni preocuparos a no ser que tengáis subvenciones europeas concedidas.
En el caso de haber perdido documentación de los últimos 6 años, mi recomendación es hacer un inventario de esa documentación, y una reunión de junta directiva en el que se detalle, realizaís un acta reconiciendo la pérdida y ya está, nadie os perdirá nada más.
Si son documentos vigentes o de almenos 2 años atrás si que buscaría copias, los de la administración (sea la que sea) simplemente basta con pedir una copia (via registro) y ya os la darán pero tardarán lo suyo, respecto a actas y demás, solo os puedo decid que hagáis lo que podáis sin más..
Si la documentación afecta a facturas de alguna convocatoria que tengáis pendiente de resolución de la justificación , pues a perdir todas de nuevo (aquí si que no se puede hacer nada más)
Espero haberos ayudado
un saludo
Francisco Rodríguez
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
01.11.16
Estimada Elena: en relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: en línea con lo que le traslada mi compañero Francisco, cuyos criterios comparto, al estar el domicilio social de vuestra entidad no lucrativa en A Coruña, tanto si se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, o, en su caso, en el Registro autonómico galego, en el supuesto en ciernes podríais solicitar copia de la documentación entregada para la inscripción o modificaciones posteriores a la misma, a uno de dichos registros públicos asociativos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 21 Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones (BOE núm. 255, de 24 de octubre), el cual establece que:
Artículo 21. Archivo de la documentación.
“1. El Registro llevará un expediente por cada una de las entidades asociativas de las Secciones 1.ª, 2.ª, 3.ª y 4.ª, donde quedará depositada la documentación a que se refiere el artículo 12.
2. El Registro, con independencia del formato de la documentación que presenten los interesados, conservará copia electrónica de la misma en las condiciones de seguridad e interoperabilidad que establece la normativa vigente.”
Así pues, del tenor de este precepto reglamentario expuesto, el Registro de Asociaciones, bien estatal o autonómica galego, debe de conservar copia electrónica de que lo hubieran presentado al efecto, tales como el acta fundacional; acta en la que consten los acuerdos modificativos de los datos registrales o introduzcan nuevos datos; estatutos y sus modificaciones; apertura, traslado o clausura de delegaciones o establecimientos; incorporación o baja de asociaciones en federaciones, confederaciones y uniones, o en entidades internacionales, así como la referida a la disolución de la entidad y, en su caso, al destino dado al patrimonio remanente.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
Respuesta del participante:
02.11.16
Muchas gracias a los dos.
Con los Estatutos no tenemos problema porque los tenemos en el ordenador. Intentaremos recuperar las actas fundacional y de modificacion de estatutos a través del registro.
Vamos a hacer un inventario de bienes y una recopilación de normas aprobadas en actas (lo que nos acordamos) para someterlo a la aprobación de una asamblea, supongo que tendrá que ser extraordinaria.
Lo que mas nos preocupa es la contabilidad, aunque no tenemos subvenciones pendientes de justificar ni justificadas en los cuatro últimos años. Podemos reconstruir los movimientos de la cuenta bancaria y casi seguro que tenemos las facturas de las compras “grandes” digitalizados. Lo que no tenemos son tikets y facturas de gastos corrientes.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Respuesta del participante:
02.11.16
Muchas gracias a los dos.
Con los Estatutos no tenemos problema porque los tenemos en el ordenador. Intentaremos recuperar las actas fundacional y de modificacion de estatutos a través del registro.
Vamos a hacer un inventario de bienes y una recopilación de normas aprobadas en actas (lo que nos acordamos) para someterlo a la aprobación de una asamblea, supongo que tendrá que ser extraordinaria.
Lo que mas nos preocupa es la contabilidad, aunque no tenemos subvenciones pendientes de justificar ni justificadas en los cuatro últimos años. Podemos reconstruir los movimientos de la cuenta bancaria y casi seguro que tenemos las facturas de las compras “grandes” digitalizados. Lo que no tenemos son tikets y facturas de gastos corrientes.
Muchas gracias por vuestra ayuda.
Respuesta del participante:
03.11.16
Una Pregunta que me surge, además de saber si la Asamblea tiene que ser extraordinaria, es si tenemos que abrir nuevos libros y diligenciarlos.