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En una de las partidas nos hemos gastado menos dinero que el aprobado
20.01.12
Hola a todos.
El año pasado concedieron a nuestra asociación una subvención que ahora estamos empezando a justificar. Las subvención está cofinanciada en una proporción 75%-25%, y al inicio del proyecto a ejecutar nos transfirieron el 60% de los fondos totales subvencionados.
El caso es que en una de las partidas nos hemos gastado menos dinero que lo inicialmente aprobado por la entidad que nos ha concedido la subvención.
Mi pregunta es la siguiente: al no justificar en su totalidad los gastos aprobados ¿nos harán reintegrar los fondos concedidos en su totalidad o nos transferirán menos fondos de la cantidad que nos adeudan de manera proporcional a lo que hemos dejado sin gastar?
Muchas gracias!!
Carlos
Respuestas
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Asesora voluntaria
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Asesor particular
23.01.12
Hola Carlos,
Normalmente los financiadores aceptan hasta un 10% ó 15% de variación entre partidas, pero siempre va a depender de lo contemplado en sus bases.
Efectivamente, la parte de presupuesto no ejecutada habría que devolverla.
Saludos, Eva
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profesional de la gestión de proyectos de cooperación y acción humanitaria
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Asesor particular
23.01.12
Hola Carlos
Yo os recomiendo que primero reviséis las bases reguladoras o normativa en materia de subvenciones que ese financiador aplique a esta ayuda, para ver si tenéis la posibilidad de desviar un % de unas partidas a otras.Como bien te sugieren la mayoría de financiadores lo permiten. Entiendo que si aún os adeudan una parte, es porque no habéis ejecutado completamente el proyecto o acción subvencionado, por lo que aún podríais incorporar nuevos gastos a esa partida. Si el periodo de ejecución del proyecto no ha terminado, también podrías tener la opción de solicitar una modificación sustancial, es decir, un cambio en la distribución del presupuesto ajustando las partidas a vuestro gasto real, pero todo depende de nuevo de la normativa que le aplique. Desconociendo las características de esta ayuda y del proyecto en cuestión, es dificil concretar más. Si la normativa no es clara en este punto, recomiendo que hables con el financiador.
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KALUINSTITUTE.ORG
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Asesor particular
23.01.12
Hola Carlos,
Yo siempre digo lo mismo: hay que mirar la normativa de cada financiador y el contrato en particular que exista para ese proyecto.
Sin saber que financiador es, son muchas las posibilidades que puede haber. Como bien dice Eva, muchos aceptan un desvio del 10-15% entre partidas: esto siginifica que puedes compensar partidas siempre y cuando ninguna se exceda ni por arriba ni por abajo de ese 10-15%.
Pero hay muchos dependes, si esa partida resulta que es el detalle de una partida mayor, dependiendo de que financiador, podras mover con libertad fondos de una subpartida a otra dentro de ese mismo capitulo… hay financiadores que permiten libertad presupuestal total siempre y cuando se mantengan los objetivos basicos de la propuesta y la ejecución presupuestal sea razonable.
En fin que te recomiendo que revises el contrato y la normativa, si es que la hay. Si quieres puedes tambien decirnos que financiador o convocatoria es, para que podamos afinar un poco más.
Un saludo
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Directora de Excellere (consultora educativa sin fines de lucro) - http://excellereconsultoraeducativa.ning.com
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Asesor particular
23.01.12
Coincido con lo que dicen los colegas, es fundamental revisar lo pactado en el momento de otorgarles la subvención.
En lo posible es aconsejable planificar los gastos y si, cercanos al balance no han gastado todo generar algún proyecto que afin a los objetivos, justifique la compra de insumos.
En general se devuelve lo no gastado, y si la cifra es alta hay que justificar porqué el desfasaje.
Natalia
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"Un poco de esfuerzo por un mundo mejor"
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Asesor particular
24.01.12
Coincido con los anteriores:
Revisa la normativa de tu/tus financiadores por si puedes salvar algo de capital. En caso de no ser posible, hay que devolverlo.
Un saludo,
Respuesta del participante:
24.01.12
Muchísimas gracias a todos!
El proyecto está encuadrado dentro del programa Juventud en Acción 5.1. Efectivamente las bases dicen que puede haber una variación del 10% respecto del presupuesto aprobado para cada una de las partidas, sin necesidad de que dicha variación sea informada a la Agencia Nacional. Si la variación supera el 10%, hay que pedir el visto bueno del financiador en el caso de que se desee modificar el gasto correspondiente.
Esta es en la única partida en que hemos diferido sustancialmente respecto al presupuesto aprobado. Es la referida a gastos de desplazamiento. Al final nos hemos gastado alrededor de un 30% menos de lo previsto.
Gracias de nuevo a todos y saludos cordiales.
Carlos