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Consulta formulada por:
En un presupuesto para dinamizar una fiesta en un colegio ¿tenemos que incluir el IVA?
19.09.03
En el presupuesto hemos incluido el coste de los monitores, (30 € por monitor) y otros 30 € por el alquiler de un paracaídas gigante.
¿Hay que incluir algo más en el presupuesto?, ¿IVA?. Si es así ¿cuánto es el IVA?. Es el primer presupuesto que hacemos y no estamos muy seguros de cómo se hace.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
20.09.03
Madrid a 20 de septiembre de 2003
Señores:
En contestación a su consulta, nuestra opinión es la siguiente.
No queda muy claro en su consulta la finalidad de este presupuesto, si es para solicitar una subvención o para calcular los costes del mismo.
En cualquier caso, tengan en cuenta que el IVA es un tributo y no un coste y por lo tanto a efectos de calcular los gastos que genere la fiesta no deben incluir este impuesto como gasto, ni tampoco a efectos de la solicitud de la subvención, ya que se puede obtener su devolución.
Ahora bien, en el caso que esté la entidad exenta de este impuesto, y se trate el mismo como mayor valor de los gastos incurridos, entonces si que se incluiría en el presupuesto.
En el caso que la entidad deba aplicar la regla de prorrata, al aplicar esta regla, parte de su IVA soportado no es deducible y seria por lo tanto mayor coste de adquisición del bien o servicio adquirido.
Como ya es sabido la regla de prorrata será de aplicación cuando el sujeto pasivo, en el ejercicio de su actividad, efectúe conjuntamente entregas de bienes o prestaciones de servicios que originen el derecho a la deducción del IVA u otras operaciones que no habiliten para el ejercicio del citado derecho.
Además es de aplicación cuando el sujeto pasivo percibe subvenciones que no integren la base imponible, siempre y cuando estas se destinen a financiar actividades empresariales o profesionales del sujeto pasivo.
Por lo expuesto anteriormente queda claro que si reciben subvenciones que no integran la base imponible, y se deba aplicar la regla de prorrata, los gastos financiados con dichas subvenciones estarán sujetos a dicha regla a efectos del IVA y no se podrá deducir la totalidad del IVA soportado.
Por la no deducción del IVA, y al ser este un gasto más de la entidad, podrían solicitar la financiación del mismo vía subvención.
Las respuestas dadas por la FUNDACION LUIS VIVES no son vinculantes, por lo que no se responsabiliza de posibles controversias que pudieran surgir a los consultantes en situaciones relacionadas con las materias objeto de la consulta.
Esperamos que le sea de utilidad nuestra respuesta,
Saludos cordiales.
Opinión anónima
22.09.03
Estimada Sylvia:
Como bien dice mi compañero Alfonso de la F.Luis Vives, en tu pregunta existen varias, en primer lugar que más se puede incluir en el presupuesto, bien tenis el coste de personal, los monitores, coste de material, el paracaidas, pero se os olvida algo importe gastos de gestion y administración y un tanto % de gastos imprevistos (aprox. un 5% sobre el total del presupuesto) y todo esto lo presentareis SIN IVA. Bien en segundo lugar el tema IVA en el momento de la emisión de la factura, creo suponer y si no es asi me lo indicais, que si es través de un centro escolar sera actividad pagada por el AMPA (Asociación de Padres y Madres de Alumnos/as) ¿verdad? bien la factura si es caso x q. lo mismo os piden exclusivamente un justificante de gastos, pero en fin si os piden factura la debeis reflejar SIN IVA.
Bueno espero haberos aclarado algo.
Quedo a vuestro disposición
Un Saludo
Roberto Durán
rduran@ya.com
Opinión anónima
25.09.03
Hola Sylvia,
¿podrías indicar a qué régimen de IVA está sometida vuestra asociación? , osea, ¿cómo figurais registrados en el censo de la AEAT?
Chao
Respuesta del participante:
24.09.03
esperabamos una respuesta mas sencilla,no nos hemos enterado muy bien ya que no entendendemos nada de contabilidad