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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Carlos Lorenzo de Armas

En relación de contribuciones en especie que pueden ser imputadas a modo de cofinanciación de proyectos ¿Qué normativa europea y nacional se aplica?

19.02.14

Hola,

En relación a las contribuciones en especie (trabajo voluntario, en concreto) que pudieran ser imputadas a modo de cofinanciación de proyectos, ¿cuál sería la normativa europea y nacional que las regula?.

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Roberto Bernad

encuentroeuropa.es | Proyectos Europeos

Trabaja en:

Asesor particular

20.02.14

Hola,
que yo sepa no hay una normativa única europea o nacional, la establece cada financiador.

Respecto a las convocatorias europeas, por norma general, se suele aceptar la contribución en especie, pero no se considera como gasto elegible, ni por tanto formaría parte de la cofinanciación.

Es decir, si tu presupuesto es de 110.000€, la Comisión financia el 80% y tienes trabajo voluntario por valor de 10.000€, tendrás que aportar 20.000€ como cofinanciación (el 20% de 100.000€). La Comisión aportará el 80% de los gastos elegibles (en este caso gastos elegibles = presupuesto total - aportaciones en especie).

En muchas convocatorias nacionales se siguen las mismas reglas, pero no en todas.

Buena tarde

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

20.02.14

Hola Juan Carlos
En relación a tu consulta comentarte que la regulación comunitaria se articula en una serie de Reglamentos de la Unión Europea.
Los voluntarios juegan un papel esencial en las actividades de inclusión social llevadas a cabo por las ONG, no sólo por los servicios que ofrecen en tanto que desarrolladores de proyectos, sino también por la gestión de organizaciones, y/o como promotores. Los Fondos Estructurales (1083/2006, §56.2) han hecho posible que el tiempo y las cualificacioes de los voluntarios sean contabilizados como una contribución o pago en especie, siempre que la normativa de cada Estado miembro lo autorice y que no supere el valor de la subvención acordada.
Este reglamento corresponde al periodo 2007/2013
Te lo adjunto
http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:210:0025:0078:ES:PDF
Este reglamento tenía un periodo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2013
El actual reglamento es el que corresponde al periodo 2014/20
REGLAMENTO (UE) No 1303/2013 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 17 de diciembre de 2013
Te lo adjunto
http://new.eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32013R1303&from=ES

Por otra parte te remito un manual para presentar proyectos donde efectivamente en la página 22 puedes ver a los voluntarios como contribución en especie
Como verás se trata de una guia correspondiente al plan anterior 2007/13 pero para q te sirva de ejemplo.
http://www.pct-mac.eu/FCKeditor/UserFiles/File/5%20CONVOCATORIAS/Guia%20candidatos%203%20Conv%20ES.pdf
De todas formas deberás estudiar bien las condiciones del nuevo Reglamento de diciembre de 2013 y ver sus concretas peculiaridades y novedades al respecto.
Un saludo,
Teresa Ferraz

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#3

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

20.02.14

Hola de nuevo
A modo de comentario te introduzco un texto sobre la materia de hace unos años (anterior convocatoria, piensa además que el año 2011 fue declarado por la UE como año del voluntariado

Según los datos, las contribuciones en especie de los voluntarios “no se utilizan porque, en la práctica, los responsables oficiales no saben cómo valorarlas y evitan correr riesgos”. Según lo que sabemos:
• En Francia, las contribuciones en especie de los voluntarios se aceptan de modo oficioso para las operaciones de Fondos Estructurales desde 1999: corresponde a las ONG el ser honestas en la estimación de dichas contribuciones.
• El gobierno italiano autoriza las contri- buciones en especie para voluntarios de ONG por actividades de solidaridad social desde la aprobación de la ley sobre el Vo- luntariado en 1991. Sin embargo, esta po- sibilidad no se ha utilizado hasta agosto de 2010 y, desde entonces, se ha limitado a un 10% de los fondos propios.
• Bulgaria autoriza las contribuciones en especie siempre que se cumplan las 7 condiciones estipuladas en el decreto §62 de 21 de marzo de 2007.
• En Irlanda, las contribuciones en especie se permiten bajo cinco condiciones según los criterios de elegibilidad irlandeses,
• En Inglaterra, el tiempo de los voluntarios ha sido utilizado durante largo tiempo como fondo propio entre 2000 y 2006, siendo posteriormente suprimida esta posibilidad en 20072. Las organizaciones de voluntarios inglesas ven en esta supresión una inmensa pérdida para el programa del FSE. Parece que los funcionarios de algunos ministerios encontraban el concepto de “tiempo voluntario” difícil de manejar y demasiado complicado.
• Otro ejemplo, en Baviera, donde se autorizó la contribución en especie de voluntarios en la normativa de acceso a la financiación pública: la rehabilitación del Castillo de Rienek en Würzburg, donde se autorizó el trabajo voluntario de los Scouts, del Programa Europeo de Voluntariado Scout.
Es en Gales donde encontramos más ejemplos de la utilización de este mecanismo. Las ONG de inclusión social han conseguido que las contribuciones en especie puedan contabilizarse desde 2005, a tiempo para el periodo de los Fondos Estructurales que comenzaba en 2007. El consejo galés por la acción voluntaria (el WCVA) anima, a través de distintas convocatorias, a las ONG de inclusión social a participar tanto en el FSE como en el FEDER y dirige su participación.
Un saludo
Teresa Ferraz

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#4

Aportada por:

Roberto Bernad

encuentroeuropa.es | Proyectos Europeos

Trabaja en:

Asesor particular

20.02.14

Hola de nuevo también,
Solo matizar tras la aportación de Teresa la diferencia entre las convocatorias de los fondos estructurales (que gestionan operadores directamente en los Estados miembros, y que efectivamente se han regido por los reglamentos que menciona mi compañera), y las convocatorias de los programas comunitarios (que gestiona directamente la Comisión Europea y que son el supuesto que te comentaba).

En el caso del Fondo Europeo de Refugiados (que es de gestión mixta entre la Comisión Europea y los operadores nacionales), prevalece la no elegibilidad de la contribución en especie, que incluye el trabajo voluntario. Lo puedes ver en la pág.31 del Libro de Instrucciones de gestión del programa (documento adjunto).

Buena tarde

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#5

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

23.02.14

Estimado Juan Carlos: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: junto a las aportaciones que le trasladan mi compañero Roberto y mi compañera Teresa, en relación a las contribuciones en especie (trabajo voluntario, en concreto) que pudieran ser imputadas a modo de cofinanciación de proyectos, salvo error u omisión por mi parte, no existe una normativa comunitaria, ni a nivel estatal en materia de programas comunitarios, dependiendo dicha cofinanciación del programa específico en cuestión, tal como aduce mi compañero Roberto.
En este sentido, cabe traer a colación el Fondo para ONG, el cual es un programa específico dentro del Mecanismo Financiero del Espacio Económico Europeo (EEA) 2009-2014, financiado por Islandia, Liechtenstein y Noruega. Dicho fondo ha sido establecido a través del Memorandum de Entendimiento firmado entre los Países Donantes y España. El estado beneficiario, España, ha designado como Punto Focal Nacional a la Subdirección General del Fondo de Cohesión y de Cooperación Territorial Europea del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas y como Operador del Programa de Ciudadanía Activa a la Plataforma de ONG de Acción Social.
El objetivo general del Programa de Ciudadanía Activa es “El fortalecimiento de la sociedad civil y una mayor contribución a la justicia social, la democracia y el desarrollo sostenible”. El Programa de Ciudadanía Activa además, apoyará los objetivos generales del Mecanismo Financiero del EEA para contribuir a la reducción de las diferencias económicas y sociales en el Espacio Económico Europeo y el fortalecimiento de las relaciones bilaterales entre los Países Donantes y el Estado beneficiario.
Pues bien, en la co-financiación, que es la contribución que debe hacer el promotor del proyecto, el socio u otro financiador, dicho promotor debe cubrir al menos el 10% del coste total elegible del proyecto. La co-financiación puede ser en efectivo o en especie con trabajo voluntario (hasta el 50% de la co-financiación o hasta el 5% del coste total elegible CTE). El trabajo voluntario podrá contribuir en parte al 10% de la co-financiación exigida.
Dicho trabajo voluntario podrá constituir hasta el 50% de la co-financiación requerida. Para calcular la contribución en especie, el precio de la hora de trabajo voluntario debe ser acorde con los salarios establecidos a nivel estatal en la Orden del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad 1209/2012, de 4 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, la cual se adjunta en archivo pdf.
El promotor del proyecto debe llevar un registro de las horas del trabajo de las personas voluntarias, con los nombres, sus funciones y las horas dedicadas. Dicho registro debe de estar disponible.
Las horas extras realizadas por el personal contratado no se considerarán como trabajo voluntario.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

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#6

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

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Asesor particular

26.02.14

Hola Juan Carlos,
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La Eurocámara ha dado luz verde este martes a la extensión del fondo europeo de ayuda para los más necesitados hasta 2020. Los eurodiputados han conseguido mantener el presupuesto inicial de 3.500 millones de euros, al tiempo que han logrado el compromiso del Consejo para que los fondos estén operativos de forma inmediata. El acuerdo permitirá ayudar a las organizaciones de beneficencia en la distribución de alimentos, ropa y otros bienes de primera necesidad.

“Hemos alcanzado nuestros objetivos clave en las negociaciones con la Comisión y los Estados miembros: aumentar el presupuesto desde los 2.500 a los 3.500 millones de euros para fortalecer el papel de las organizaciones de lucha contra la pobreza en el diseño, la ejecución y el seguimiento del programa y simplificar los trámites administrativos. El nuevo programa es la primera iniciativa europea que trata de llegar a las personas que sufren pobreza extrema en todos los Estados miembros”, ha dicho la ponente Emer Costello (S&D, Irlanda). El texto ha sido aprobado con 592 votos a favor, 61 en contra y 31 abstenciones.

No a los recortes

Gracias al Parlamento, se mantendrá el presupuesto de 3.500 millones de euros para el periodo 2014-2020, la misma cantidad que se asignó al Programa europeo de ayuda alimentaria para los más necesitados en el periodo 2007-2013. Los Estados miembros plantearon en un principio un recorte de 1.000 millones de euros.

Mayor alcance

El nuevo programa cubrirá a todos los países de la UE y reemplazará el programa europeo de ayuda alimentaria. El alcance del nuevo fondo se amplía para incluir dos programas para la distribución de comida y otros bienes de primera necesidad, como ropa y material escolar, así como para financiar medidas de inclusión social para las personas más pobres de la UE.

El fondo también apoyará las donaciones de comida y, en particular, su recogida, transporte y distribución, para contribuir a la reducción del desperdicio de comida.

Cofinanciación

El texto incluye la propuesta del Parlamento de fijar una tasa de cofinanciación europea del 85 por ciento. En el caso de los países más afectados por la crisis, podrá incrementarse hasta el 95 por ciento. Esta tasa es la porción de gasto que paga la UE y el resto deberán asumirlo los países.

Próximos pasos

El Consejo todavía tiene que aprobar formalmente el texto, aunque se aplicarán medidas transitorias para evitar la interrupción del suministro de ayuda para los más desfavorecidos.

Contexto

En 2011, cerca de un cuarto de los europeos (alrededor de 120 millones) estaban en riesgo de pobreza o exclusión social, cuatro millones más que el año anterior. El Parlamento Europeo luchó en 2011 por prolongar el programa de ayuda alimentaria, mientras que algunos Estados querían retirarlo para ahorrar dinero.

Un saludo
Teresa Ferraz

solucionesong.org
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