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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Medalit Carrión

¿En que favorece registrarse a nivel nacional? ¿y solicitud de exención del IVA?

22.06.11

Tenemos dos dudas que nos gustaría que nos ayudaras a resolver:

1. ¿Favorece en algún aspecto registrarse en el registro nacional de asociaciones cuando nuestro ámbito de actuación es a nivel comunitario?

2. ¿En que favorece a la asociación solicitar la exención del IVA?

Un saludo y muchas gracias!

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Respuestas

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#1

Buena

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

27.06.11

Buenos días Medalit,

1º Te favorece si vas a solicitar subvenciones nacionales.

2º Las facturas recibidas todas vendrán con IVA y es un mayor gasto y las facturas emitidas que se correspondan con vuestro objeto social serán sin IVA.
La exención debeis de hacer un estudio y valorar vosotros si os interesa.

Saludos,
Ricardo Paricio
rparicio@yahoo.es

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#2

Buena

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

27.06.11

Sobre el IVA, hay consultas anteriores en las que se explica.
Cuando hablas de que actuais a nivel Comunitario, entiendo que te refieres a la U.E., ¿En qué país estais registrados?. También hay consultas anteriores sobre eso

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#3

Aportada por:

Paco Moreno Fernández

Paco Moreno (Caleta de Vélez)

Trabaja en:

Plataforma de ONG de Acción Social

28.06.11

El Registro a Nivel Nacional os facilita como ya os han dicho que podáis acceder a subvenciones de ámbito nacional (como la de Ministerios por ejemplo)...pero claro también hay que tener claro si, realmente, váis a ejecutar proyectos a ese nivel…quiero decir que si os váis a registrar a nivel nacional deberíais, realmente, hacer, al menos, algunos proyectos a nivel nacional.
Sobre la exención de IVA os comento. Mi asociación está exenta (porque así lo pedí en Hacienda) de este impuesto. La asociación recibe IVA (por ejemplo cuando hacéis fotocopias os cobran el precio y el IVA queda desglosado) El tema es que ese IVA, a nivel general, lo estamos pagando pero no es recuperable (es decir no lo podéis recuperar) con lo que supone un MAYOR GASTO. Pero por otra parte, cuando recibís una subvención, para que el IVA de una factura pueda considerarse COSTE DE SUBVENCIÓN debéis tener otorgada la EXENCIÓN de este impuesto, por lo que supone una ventaja…aunque algunos estarán en contra de este argumento…Como todo, tiene sus ventajas y sus inconvenientes. Espero haberos ayudado y si no me escribís a pacomorenovelez@gmail.com

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#4

Respuesta del participante:

Medalit Carrión

01.07.11

Buenas noches a todos
Gracias por aclarar mis dudas ha sido de gran ayuda.
un saludo
Medalit Carrión

solucionesong.org
Un proyecto de