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Consulta formulada por:
¿En qué epígrafes del IAE nos aconsejáis que nos demos de alta?
09.07.08
Quisieramos darnos de alta en algunos epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas y nos gustaría saber en cuál de los epigrafes nos recomiendan que nos demos de alta. Somos la federación de asociaciones de mujeres cuyo fin es el fomento de igualdad de oportunidades y tenemos claro que sí tenemos que darnos de alta en el epígrafe de formación, pero nos gustaría aprovechar la ocasión para darnos de alta en varios más, como por ejemplo la redacción y presentación de proyectos de empresas u otras entidades que quieran presentarlos, etc.
Muchas gracias.
Respuestas
Suficiente
Aportada por:
Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc
Trabaja en:
Asesor particular
11.07.08
Ahora es gratis el darse de alta en epigrafes del IAE. O sea que hos podeis dar de todos los que creais corresponden a vuestras actividades
saludos
Opinión anónima
11.07.08
El alta en el IAE será en función de las actividades económicas que realice la entidad, es decir, respecto de las prestaciones de servicios y entregas de bienes que realice.
Al desconocer todas sus actividades no puede recomendarle unos epígrafes en concreto, deben analizar las actividades económicas que realizan y encuadrarlas en uno o varios epígrafes.
Esta respuesta no es vinculante.
Suficiente
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
11.07.08
Hola Julia,
El darse de alta en varios epígrafes puede tener algún que otro inconveniente. Si no es necesario, no lo veo conveniente, pero vos mismas !!.
De entrada, si es por formación, tened en cuenta que incluso podéis estar exentos del IVA con lo que os vais a ahorrar muchísmimos dolores de cabeza.
Saludos, Eva
Muy buena
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
11.07.08
Lo importante es la actividad que realicéis, sin que tenga mayor trascendencia daros de alta en muchos o pocos epígrafes del IAE.
Por otro lado, la actual normativa reguladora de las Haciendas Locales contempla una exención (art. 83.1.c)) del Impuesto sobre Actividades Económicas para las personas físicas y para los sujetos pasivos del Impuesto sobre Sociedades que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros.
En este caso, en el supuesto de exención, que seguramente será de aplicación a vuestra entidad (con independencia de otras posibles exenciones en base a la Ley 49/2002), no cabe darse de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas, sino simplemente comunicar la actividada a realizar a la Agencia Tributaria mediante el modelo censal 036.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
gonzalezpalomino@icacr.com