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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ángela Pazos

¿En qué epígrafes del IAE debemos darnos de alta?

28.06.11

Somos la Fundació Somiadors Solidaris con una nueva duda. Hemos estado en Hacienda para dar de alta la Fundación en sus correspondientes epígrafes y para luego tramitar la exención del IAE y nos han dicho que elijamos nosotros los IAE.

¿Podríais asesorarnos? Y si ahora no nos diéramos de alta de todos, podemos ampliar epígrafes en el futuro o son limitados?

Muchas gracias anticipadas.
Angela

“Artículo 6 Fines. Los fines de la Fundación son : a) Ser un puente entre las empresas y administraciones y la iniciativa particular para desarrollar programas, proyectos y servicios de carácter solidario multidisciplinares, multiculturales, laicos y apartidistas, en aras de una mayor cohesión social y Paz, tolerancia, solidaridad, diálogo, igualdad de género, desarrollo sostenible social, medioambiental y reciclaje, fomentando la inserción laborar y social de todos los sectores de nuestra sociedad. b) Favorecer el uso del arte, la cultura y la formación como instrumento para el desarrollo personal y hacer un mundo mejor ya que partimos de que vivimos en un mundo único e interdependiente, con un solo futuro común. c) Promover y participar en proyectos de carácter social, humanitario, económico, cultural y de ecodesarrollo por medio de la cooperación al desarrollo en países empobrecidos, la educación, sensibilización, el codesarrollo y fomento de la solidaridad con los pueblos con el fin de mejorar la calidad de vida de los colectivos menos favorecidas, movilizando a la sociedad mallorquina, procurando una mayor conciencia cívica y fraternidad entre todos los hombres, de tal forma que asuma su papel protagonista en el cambio social global. d) Garantizar la continuidad de las organizaciones y del movimiento asociativo Balear en las islas y en el exterior a través de la participación activa de dichas entidades en el tejido social y empresarial insular. e) Impulsar los lazos de conexión de los ciudadanos de les Illes Balears y las nuevas comunidades residentes en las islas, así como con las comunidades en el exterior.
f) Participar en campañas, programas o iniciativas diversas de solidaridad que se organicen a nivel local, autonómico, estatal e internacional y fomentar las redes
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sociales de compromiso cívico entre empresas, administraciones, asociaciones y sociedad civil. g) Gestionando la obtención de ayudas y subvenciones que sean determinadas por la normativa reguladora que permitan el desarrollo de cualquiera de los fines de la Fundación. h) En general desarrollar cualesquiera otras actividades relacionadas con las anteriores y con su finalidad institucional que contribuya al cumplimiento de la misma. Artículo 7 1. Áreas de actuación,modos de actuación, actividades fundacionales y criterios y líneas de actuación. 1.1) Áreas de actuación: La actuación de la Fundación se condensa en cuatro grandes áreas: a) Cooperación internacional, cooperación al desarrollo, codesarrollo y ecodesarrollo. b) Formación y educación c) Sensibilización d) Cultura”“

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

29.06.11

Vamos a ver, hay en el foro bastantes consultas sobre temas similares, pero les contestare de nuevo.

La fundacion NO TIENE QUE DARSE DE ALTA EN IAE. Puede ejercer todas sus actividades sin necesidad de darse de alta en el IAE. el IAE es solo para las empresas, o par alas ONG que actuan como empresas.

En IAE solo se daran de alta, si decide, mas a mas de sus actividades, crear una actividad que se ejerza como negocio, y por la que tenga que expedir factura, para acreditar sus ingresos. Si eso fuese asi, se les trata para esa actividad como una empresa, y deberan liquidar IVA.

Con su objeto social, lo normal sera que la fund. se financie con donativos y ayudas publicas, y por eso no tiene que expedir facturas (emitira recibo de donaciones), y para eso no hay que estar de alta en el IAE.

mas en www.jimenezpuertas.com

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#2

Opinión anónima

29.06.11

Hola Ángela,

Como comenta Jose-Antonio, sólo deberéis daros de alta en algún epígrafe del IAE si vais a desempeñar alguna actividad que sea de tipo empresarial. Por ejemplo, siendo compatible con vuestro objeto fundacional podría ser que decidierais editar una publicación para con su venta obtener fondos. En tal caso os podríais dar de alta en el IAE como editorial.

Por otra parte, respondiendo a la segunda pregunta, podéis daros de alta en cuantos epígrafes consideréis oportuno, bien ahora, bien más adelante. No hay ninguna limitación en número.

Un saludo.

JVV-T

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#3

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

29.06.11

Hola Ángela,

Totalmente de acuerdo con los compañeros.

Saludos, Eva

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#4

Opinión anónima

29.06.11

Buenas noches asesor@s,

Muchas gracias por vuestras respuestas y paciencia.El problema era,tal y como comenté que desde Hacienda la persona que nos atendió nos dijo lo contrario y por ello deseaba asegurarme con vosotr@s.De hecho desgraciadamente cuando hablas con la Administración dependiendo de quien te atienda las contestacioes son diferentes e incluso opuestas.De cualquier modo,muchas gracias.Nos quedamos más tranquilos.Saludos y feliz día

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