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Consulta formulada por:
¿En qué beneficia y perjudica el estar exentos del pago del IVA?
01.09.10
Al estar exento por ser una asociación, ¿en qué te beneficias y te perjudicas específicamente?.
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
01.09.10
Hola Manuel José;
Al estar exentos no hay obligación de presentar liquidaciones trimestrales y resumen anual del iva (soportado y repercutido). De no estar exentos tendrías que declarar y emitir facturas con iva (para ello tendríais que hacer actividad económica o empresarial y previamente, daros de alta en hacienda)
Saludos,
Aportada por:
C.I.E.M.
Trabaja en:
Asesor particular
01.09.10
Es fácil, lo que facturs es más barato porque no hay IVA, pero lo que compras es más caro porque no te lo deduces.
Aportada por:
Asesor económico contable
Trabaja en:
Asesor particular
09.09.10
Hola, Manuel José:
Beneficios: si solicitas la exención de IVA en alguna de las actividades que desarrolláis, podréis facturar sin el impuesto, por lo que los servicios que ofrezcáis serán más baratos para el que os compre, tal como dice el compañero Francisco. Si estáis exento para todas las actividades, tampoco presentáis las declaraciones de IVA trimestrales ni anulaes, como indica la compañera Eva.
Perjuicios: No podréis deduciros el IVA de aquellos gastos que tengáis para el desarrollo de las actividades exentas. Si tenéis otras actividades no exentas, os obligáis a realizar la regla de la prorrata general o especial, que consiste en deduciros solo parte del IVA de los gastos.
Saludos,