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Consulta formulada por:
¿En qué beneficia a una fundación donar a otra fundación o firmar un acuerdo de colaboración?
08.06.12
Por otro lado, ¿una fundación puede donar a otra fundación o establecer un acuerdo de colaboración con otra fundación? ¿en que le beneficia?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
08.06.12
Una pregunta compleja, con una respuesta compleja y que quizás exceda los limites de este foro.
1.-Fiscalmetne la donante si es sujeto pasivo del Impuesto de Sociedades podrá aplicar deducciones y/o desgravaciones igual que cualquier otra sociedad.
Si no es sujeto pasivo del Impuesto sobre sociedades, o si lo fuese no tiene que tributar, el beneficio fiscal aunque se tiene derecho a el, no tendría valor en la práctica.
2º Por supuesto que pueden existir donaciones y/o colaboraciones entre fundaciones. El beneficio ciñéndonos al ámbito fiscal lo tienes contestado en el punto anterior, y en otros campos pues puede existir de todo, beneficio y perjuicio, pues habría que analizar cada caso para poder contestar.
Saludos.
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
08.06.12
Por supuesto que una fundación puede donar a otra fundación. En cuanto a si donación o convenio de colaboración, habrá que atender a la naturaleza de la operación. Mientras que en la donación hay un ánimo de liberalidad absoluta, sin contraprestación alguna por el donatario (se dona algo de manera pura y simple), en los convenios de colaboración hay exigencias para las dos partes. Por lo tanto, antes de atender a las cuestiones fiscales, tendremos que determinar si la operación es una donación o se enmarca dentro de un convenio de colaboración. En todo caso, tanto donación como convenio de colaboración son conceptos que entran en el ámbito del régimen fiscal especial de la Ley 49/200, teniendo un régimen fiscal privilegiado, aunque con diferencias en cuanto son operaciones distintas.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.