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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Pedro De Haro Orozco

En nuestro caso, ¿Debemos presentar el modelo 347?

14.02.13

Hola,

Nuestra asociación tiene reconocida la exención de IVA, por lo que no hacemos declaración alguna de este impuesto, ya que la única fuente de ingresos son los conciertos con la administración y los gastos los contabilizamos con IVA incluido. ¿Tengo que presentar el modelo 347, ya que la ley dice que están incluidas las operaciones con terceros mayores de 3010 euros sujetas a IVA?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

15.02.13

Sí, tienes que hacerla.
Aunque tú no factures con IVA, sí lo pagas y es posible que con alguno de tus proveedores el importe global supere los 3.010€.

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