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Consulta formulada por:
¿En las indemnizaciones por despido debemos aplicar al trabajador la retención por IRPF y declararlo en los modelos 111 y 190?
23.06.17
Hola,
¿En las indemnizaciones por despido tenemos que aplicar al trabajador la retención por IRPF y declararlo en el modelo 111 y 190 como rendimientos de trabajo?
Un saludo y gracias
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
24.06.17
Buenos dias
Hasta el 1 de agosto de 2014, estas indemnizaciones en la cuantía establecida con carácter obligatorio en el Estatuto de los Trabajadores estaban exentas. Sin embargo, a partir de dicha fecha, solo lo están exentos los primeros 180.000 euros y lo que se cobre por encima de esta cantidad tributa como renta del trabajo.
Dichas cantidades deben recogerse en el modelo 190, con la clave que indica el tipo de renta, sujeta ó exenta.
Saludos.