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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Camino Cornejo Alonso

En junio de 2012 declararon la ONG de utilidad pública y tengo una duda con la declaración informativa de donantes

22.01.13

Hola,

A mitad de 2012 declararon a la ONG de utilidad pública. ¿Debo presentar ahora en enero la declaración informativa de donantes de todo 2012 o solo desde la declaración de utilidad pública?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Fran Virues Avila

FRAN VIRUES AVILA

Trabaja en:

Asesor particular

24.01.13

Hola,

Tal como desarrolla el Reglamento ley Mecenazgo Decreto 1270/2003 en su articulo 1.2, tras comunicación censal a la Administración Tributaria la empresa se acoge al regimen especial de mecenazgo con sus correspondientes obligaciones.
Por tanto, entiendo que solo habrá de recoger en modelo 182 (se recogen solo donaciones deducibles en irpf) las donaciones realizadas con posterioridad a la declaración de utilidad publica y comunicación a la Administración Tributaria.
Espero haber ayudado, fran virues.

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#2

Aportada por:

Luis Tomas Sola Sanchez

Despacho Sola & Espinosa, Asesores Legales y Fiscales, Contables. Granada.

Trabaja en:

Asesor particular

24.01.13

Buenas tardes: el régimen fiscal especial se aplicará al ejercicio que finalice con posterioridad a la presentacion de la declaracion censal acogiendose al mismo. Si la ONG fue declarada de utilidad pública a mitad de año, se supone que la declaración censal acogiendose al régimen fiscal especial se presentó antes de finalizar el ejercicio 2012. Por tanto, el régimen fiscal especial se aplica al periodo impositivo 2012 **—en su totalidad. Art. 1.2 Reglamento de la Ley 49/2002

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#3

Aportada por:

Fran Virues Avila

FRAN VIRUES AVILA

Trabaja en:

Asesor particular

25.01.13

hola,

Gracias Luis por la aclaración, lo has aclarado perfectamente.

Saludos, fran.

solucionesong.org
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