Consultas Online
Consulta formulada por:
En estos talleres de formación ¿podrían hacer factura de algún tipo sin tener que darse de alta de autónomos?
19.02.14
Hola,
Tenemos una asociación en donde además de nuestra actividad, estamos empezando a dar prestación de servicios (formación en colegios), por la cual tenemos unos ingresos. Esta formación la imparten tres miembros del órgano de representación.
Uno de ellos es autónomo y habíamos pensado que emitiera una factura a la asociación. ¿Sería correcto?. Otro trabaja por cuenta ajena. Y el tercero ni es autónomo ni trabaja por cuenta ajena. En estos dos últimos casos ¿podrían hacer factura de algún tipo sin tener que darse de alta de autónomos?
Por otro lado, según la ley orgánica 1/2002 artículo 13.1 dice que “los beneficios incluidos las prestaciones de servicios deberán destinarse exclusivamente al cumplimiento de sus fines”.
Por lo tanto, no sabemos muy bien si deberíamos remunerar a estos profesionales y como.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.
Trabaja en:
Asesor particular
19.02.14
Hola.
¿Quieres pagar esos servicios a las personas que imparten los cursos? Si fuera así:
El que es autónomo hace la factura, se le paga y punto.
Los otros dos es más complicado, porque o se dan de alta como autónomos o los integras en la plantilla y les pagas un sueldo.
Sobre el beneficio es como dices, pero es el resultado de los ingresos menos los gastos, es decir, lo que os pagan por los talleres, menos los gastos que os ocasiona impartirlos y remunerar el trabajo forma parte del gasto