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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ivan Arjona Pelado

En el caso de donación de servicios ¿Debe la fundación abonar el 21% del IVA y/o retener el correspondiente IRPF?

08.01.16

Hola,

Supongamos que un profesional contable, o alguien que me crea o mantenga una web, o un asesor jurídico, desearan donarnos sus servicios.

Los servicios tienen un 21% de IVA y si es un autónomo, además lleva el IRPF.

¿Debe la fundación en este caso abonar el 21% del IVA y/o retener el correspondiente IRPF? O sería el donante quien corre con esos impuestos? O simplemente no se debe pagar esos impuestos al ser una donación?

He buscado pero no he encontrado respuesta a esto.

Muchísimas gracias de antemano por vuestras respuestas.
Saludos

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

08.01.16

Buenas tardes,el iva y la retención no se pueden donar.

El profesional debe ingresar el iva en hacienda y la fundación la retención del profesional.

Un saludo.

Silvia Alvarez

Www.debehaberasociaciones. com

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#2

Opinión anónima

11.01.16

Hola, quería información acerca de las modalidades de contratación y pago de un técnico social que elabora y pone en marcha un proyecto para el ayuntamiento, es decir, cuando el técnico forma parte de la junta directiva de una asociación junto con otros profesionales… ¿Cuál es la manera más sencilla de trabajar con la administración en este caso? ¿Cómo factura la asociación ese servicio y cómo lo debe reflejar en su presupuesto? Muchas gracias, saludos.

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#3

Respuesta del participante:

Ivan Arjona Pelado

23.01.16

Muchísimas gracias, así que de esta manera, aunque hubiera que pagar esos impuestos, ese servicio nos saldría más barato.
Gracias de nuevo!!!

solucionesong.org
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