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¿En caso de dimitir la presidenta por asuntos personales hay que convocar nueva elección de Junta Directiva?
10.02.16
Hola,
¿En caso de dimitir la presidenta por asuntos personales hay que convocar nueva elección de Junta Directiva? Nuestros estatutos dicen que la Vicepresidenta sustituirá la ausencia de la Presidenta, y en otro artículo dice que los motivos para proceder a elegir una nueva junta directiva es: Expiración de mandato, Moción de confianza y que dimita la mayoría de la Junta Directiva. Este no es el caso, solamente es la dimisión de la presidenta. ¿Hay que convocar nuevas elecciones?
Muchas gracias a quien me pueda dar respuesta a esta pregunta
Respuestas
Aportada por:
Asesor de Seguridad.
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Asesor particular
12.02.16
Buenos Días, tal y como dicen vuestros estatutos la figura de la presidenta la ocupa la vicepresidenta en caso de ausencia( Presidenta en funciones),creo que lo adecuado seria que en la siguiente asamblea general que se celebre (puede ser ordinaria o extraordinaria) habría que votar si se aprueba que ocupe esa persona definitivamente el cargo de presidenta o convocar elecciones.
Un saludo
Respuesta del participante:
12.02.16
Muchas gracias Roberto por tu respuesta efectivamente me han dicho lo mismo otro asesor.
un saludo