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Consulta formulada por:
ONG en proceso de constitución
¿El "socio colaborador" se ajusta a los principios democráticos que deben regir una asociación?
22.07.13
Hola,
Estoy desarrollando los estatutos para fundar una nueva asociación y tengo una duda: He puesto un 4º tipo de socio, el “socio colaborador”, que aporta una cuota anual equivalente al 10% de la de un socio de número y tiene un voto común tanto en la asamblea general como en la junta directiva mediante un Vocal de Socio Colaborador (Obligado a votar lo que decida la asamblea de socio colaborador). ¿Se ajustaría esto a los principios democráticos que deben regir una asociación?
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion
Trabaja en:
Asesor particular
22.07.13
Yo creo que es un tipo de socio válido. Un nombre más preciso sería de “socio poco colaborador” o “socio pobre”. ;-)
Saludos,
Opinión anónima
23.07.13
Muchas gracias por la respuesta. Lo de “colaborador” es porque sin ser socios de pleno derecho van a colaborar económicamente (Espero). Y después de dos años en paro no me atrevo a llamar pobre a nadie, que lo mismo en un par de meses les estoy limpiando los zapatos.