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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

¿El domicilio social genera responsabilidad a la persona propietaria?

03.09.18

Hola,

Estamos constituyendo una asociación sin ánimo de lucro, protectora de animales y plantas. Nos planteamos no tener una sede fija, ya que la labor se haría en varios domicilios.

Por ello, mi consulta es sobre el domicilio social. He visto varias consultas resueltas sobre este tema pero no me acabo de aclarar.

Si se fijara el domicilio social en un domicilio particular, ¿ello vincularía legalmente de alguna manera al propietario de este domicilio? El propietario es una tercera persona, no figura ni como socio ni como fundador. Es decir, si hubiera algún problema civil o penal, ¿podría verse afectado el propietario por constar su vivienda como domicilio social?

Es una consulta que me hace el propietario de dicho inmueble. Comprendo su preocupación, aunque en principio entiendo que no debería ocurrir ninguna situación que le signifique un problema.

Gracias de antemano por vuestra ayuda.

Mireio.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

06.10.18

Hola,

una obligación que se me ocurre en la sede de la asociación es recoger las notificaciones que puedan llegar y entregarlas a las personas responsables. No se me ocurren otras ahora En general la sede puede estar en cualquier sitio pero siempre de buena fe.

Saludos,

solucionesong.org
Un proyecto de