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Consulta formulada por:
¿El alta como asociación tiene carácter retroactivo a la hora de emitir certificado de donación?
10.11.15
Hola,
Nos hemos dado recientemente de alta más concretamente el 01/10/2015. ¿El alta como asociación tiene carácter retroactivo?, es decir, Si alguien dona el 03/03/2015 puedo emitirle su certificado en el mes de enero de 2016 ¿Comienza a surtir efecto a partir del 01/10/2015 en adelante? o ¿a partir del 01/01/2016?
Un Saludo y Muchas Gracias por vuestra atención.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
10.11.15
Si la asociación se constituye el 1 de octubre de 2015, lógicamente no puede emitir certificado de un donativo hecho en marzo de 2015. Por otro lado, debe tenerse en cuenta que sólo las fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y asociaciones inscritas en el registro de la AECI pueden dar derecho a deducción por los donativos que reciban.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
10.11.15
Buenas tardes.
Sin querer desmentir lo dicho por Don Juan Gonzalez en su respuesta, que considero acertada, también es cierto que una asociación “EN CONSTITUCION”, podría recibir donativos precisamente para ayudarla a constituirse, y la propia asociación una vez obtenida personalidad jurídica y plenamente legalizada, podría emitir un recibo de donativo de aquel dinero recibido con anterioridad a su nacimiento legal.
Evidentemente como muy bien dice Dº Juan Gonzalez, el donante no podría practicar deducción alguna en sus impuestos (IRPF ó IS), salvo que se tratase de un donativo adelantado para constituir una fundación que se acoja a la Ley 49/02 en acto sucesivo ó simultaneo a su nacimiento.
Saludos
Jose Antonio Jimenez Puertas. www.jimenezpuertas.com