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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Laura Colloridi

Dudas sobre las posibles desgravaciones de un donante particular a ONG

03.06.11

Me llamo Laura y desde hace años tengo dos niños apadrinados a traves de la Fundación Vicente Ferrer. Ademas tambien hago donativos mensuales a Greenpeace España.

Querria saber:

1) si tengo que ser autonoma para poder desgravar estas donaciones.
2) de cuanto es el porcentaje desgravable (10,25 o 30%)
3) puedo desgravar las donaciones del ejercicio 2010 a pesar de que acabo de pedir ser incluyda en el modelo 182 de las dos asociasiones? puedo hacerlo pidiendo un recibo en mi banco?
4) en cual apartado se puede introducir estas cuotas?

Muchas gracias y cordiales saludos
Laura

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Ricardo Paricio

Asesor Contable www.gestioong.es

Trabaja en:

Asesor particular

04.06.11

Buenos días,
1) no has de ser autónoma para desgravarte donaciones, tan sólo presentar el impuesto de renta.

2) Dan derecho al 25% y te adjunto texto extractado del manual de renta:

“Las fundaciones y las asociaciones declaradas de utilidad pública, incluidas en el ámbito
de aplicación de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (BOE del 24).
b) Las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo siempre que tengan la forma jurídica de Fundación o Asociación”.

Resumen,

Basicamente te diría que las dos Asociacines deben de emitir un certificado donde consignen el importe de tus aportaciones, tu nombre y NIF así como los datos fiscales de la entidad y que están incluidas en la Ley 49/2002 de 23 de diciembre

4)Casillas 795 y/o 796

Saludos,
Ricardo Paricio
www.gestioong.es

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#2

Opinión anónima

07.06.11

Hola Laura,

Continuando con lo expuesto por Ricardo. Te podrás deducir el 25% de lo donado, con el límite del 10% de tu base liquidable.

Las entidades beneficiarias han de emitir el certificado por dichas donaciones y presentar el modelo 182. El plazo de presentación de este modelo termina en el mes de enero del ejercicio siguiente del año del cual se está presentando la declaración.

Un saludo,
Salvador
info@puche29.es

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#3

Respuesta del participante:

Laura Colloridi

08.06.11

Muchas gracias por estas respuestas tan claras.

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#4

Respuesta del participante:

Laura Colloridi

08.06.11

Las dos respuestas son complementarias y juntas han contestado satisfactoriamente a mi pregunta.

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