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Consulta formulada por:
Dudas sobre la modificación de estatutos en cuanto a los socios
18.11.11
Desde Nueva Opción, Asociación de Daño Cerebral Sobrevenido de Valencia estamos llevando a cabo una modificación estatutaria y tenemos ciertas dudas:
1. ¿Puede una asociación tener socios menores de 14 años siempre y cuando cuenten con autorización paterna? (sin derecho a voto)
2. ¿Puede un socio honorario tener derecho a voto? ¿en este caso debería ser además socio numerario?
3. En caso de baja ¿un socio tiene derecho a percibir su participación patrimonial y otras aportaciones económicas? se entiende que este concepto es, dijeramos, un “prestamo”.
Gracias por la ayuda
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
21.11.11
Hola Paco,
Te respondo por partes;
1)Si, siempre y cuando tengan el consentimiento documentalmente acreditado de las personas que deban suplir su capacidad
2)Entiendo que todos los socios tienen derecho a voto de no ser que en los estatutos se diga lo contrario
3)Su participación patrimonial si (las cuotas de socio, no), siempre y cuando esta reducción patrimonial no implique perjuicios a terceros
Espero haberte ayudado,
Saludos, Eva
Respuesta del participante:
21.11.11
Gracias Eva, entiendo entonces que la coletilla “siempre y cuando esta reducción patrimonial no implique perjuicios a terceros” podemos añadirla a los estatutos.
Un saludo!
Paco Quiles
Trabajador Social
Nueva Opción