Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

SolucionesONG.org Fundación Hazloposible

Dudas sobre la constitución de una fundación en España

19.09.07

Una persona que aún no dispone de CIF, nos ha hecho llegar esta consulta que te traslado a continuación por si pudieras atenderla.

Tengo la intención de crear una fundación de ámbito global pero me interesaría que la responsabilidad ante terceros (indemnizaciones, etc…) recaiga exclusivamente en la fundación y no en los fundadores y que la última palabra en la gestión la tenga una sola persona.

Desconozco si esto es posible en España o si debería crearla en otro país, ¿en ese caso dónde podría informarme? Respecto a las fundaciones en España me interesa saber si una Fundación cuenta como patrimonio de su fundador o no es patrimonio. ¿Tiene valor económico una Fundación? es decir, ¿puede ser vendida? Por último, ¿puede la dotación fundacional ser dotada mediante los beneficios propios de la fundación?

Gracias por vuestra ayuda.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Opinión anónima

19.09.07

Hola Gema, mira te escribo esta página web donde tienes todo lo relativo a las fundaciones, incluso modelos de solicitud de denominación de la fundación, que si no lo tienes es requisito indispensable. Espero haberte ayudad. La dirección es :http://www.mec.es/mecd/jsp/plantilla.jsp?id=7&area=fundaciones

avatar
#2

Opinión anónima

20.09.07

En respuesta a su consulta, le informamos:
1.La responsabilidad civil de la fundación frente a tereceros le corresponde a ella misma, con su propio patrimonio, sin perjuicio de la responsabilidad de sus patronos por los daños derivados de sus actos en los que haya intervenido dolo, culpa o negligencia. Esta responsabilidad de los patronos será solidaria.
2.- La última palabra en la gestión de la fundación corresponderá siempre al patronato, integrado por un mínimo de 3 personas.-
3.Efectivamente, la fundación ha de contar con un patrimonio o dotación fundacional mínimo; pero esta dotación no es del fundador, sino de la fundación, que tiene personalidad jurídica propia.
4.- La fundación no puede ser vendida, ya que sus bienes están sujetos al cumplimiento de sus fines.-
5.La dotación fundacional existe al tiempo de constituir la fundación, y puede incrementarse después.

Esta respuesta no es vinculante.-

solucionesong.org
Un proyecto de