Consultas Online
Consulta formulada por:
Dudas sobre el contrato de alquiler del inmueble en el que funcionará la ONG
08.12.10
Hola,
Nuestra ONG tendrá un lugar como domicilio fiscal, postal, etc. Para la inscripción, ¿el contrato de la vivienda a nombre de quién debe estar?, ¿al nombre de los integrantes o de la futura ONG?, ¿cuáles son las condiciones que debemos cumplir? ¿Puede ser un piso prestado para este fin, sin coste alguno para nosotros? y ¿cómo se hace el contrato?
Gracias.
Respuestas
Opinión anónima
10.12.10
Hola, las preguntas son confusas al estar redactadas de forma demasiado breves. Trato de contestar en todo caso a lo que entiendo.
El domicilio social, fiscal o postal de una ONG es independiente de que la vivienda esté o no alquilada a su nombre o sea propiedad de otra persona. Son cosas independientes. También vale en efecto que sea un piso prestado, pues al notificar el domicilio en los Estatutos de la entidad no hay que precisar ningún documento de propiedad o contractual.
En todo caso, si se hace un contrato de alquiler, lo lógico es que el arrendatario sea la ONG, no sus dirigentes.
Por lo demás, aclarad primero que en la vivienda (piso o lo que sea) se pueda desarrollar la actividad que vais a desarrollar como ONG, para evitar problemas.
Saludos y adelante!