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Duda sobre la indemnización a los trabajadores por finalización de un proyecto
13.08.12
Hola,
La Presidenta de la ONG es, al mismo tiempo, responsable de un proyecto que estamos realizando y que finaliza en septiembre. Sin embargo, ahora existe un conflicto de intereses debido a la indemnización que debemos entregar a los trabajadores que están desarrollando el proyecto mencionado.
Por un lado, creemos que si el contrato se ha firmado por nueve meses, cuando este finalice no deberíamos entregarles indemnización ya que no estaríamos hablando de despidos.
Sin embargo, la presidenta de la ONG considera que hay que otorgarles una indemnización teniendo en cuenta todos los años trabajados, aunque el convenio relativo al proyecto se haya ido renovando anualmente.
¿Qué es lo correcto desde el punto de vista legal?
Gracias
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Asesor particular
17.08.12
Buenos días
La indemnización no solo se paga por «despidos», sino también por finalización de los contratos de tiempo indeterminado (salvo unos tipos específicos) o por extinciones objetivas, lo que cambia es la cuantía.
Si los trabajadores tienen un contrato de obra o eventual, les corresponde una indemnización (dependiendo del año en que fueron contratados será de 8 o 9 días por año trabajado). Si han estado pagando indemnizaciones a cada finalización de un contrato de obra, pues ahora solo corresponde al último contrato, si no han pagado indemnizaciones o solo han tenido, los trabajadores, un único contrato temporal (que se ha ido prorrogando o que solo ha existido uno), pues se tiene en cuenta todos los años de servicio.
Si los trabajadores tenían un contrato indefinido (y cuidado con los que encadenaron contratos antes de la suspensión del art. 15) hay que indemnizarles con 20 días por año de trabajo (y sí, sería un «despido», una extinción por causas objetivas).
Un saludo