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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Juan Fernando Muñoz Prieto

Duda sobre el escrito que manda el consulado de España en Argentina acerca de la llegada de un voluntario

13.09.19

Hola,

Estamos gestionando la llegada a España de un voluntariado desde México y otro desde Argentina.
El de México ya tiene una fecha en el consulado para ver el tema de visado, sin embargo el consulado en Argentina le está solicitando esto de la Fundación aquí en España, y en la Fundación no sabemos qué es exactamente lo que se solicita que aportemos, si fueran tan amables de responderme.

Petición de consulado en Argentina:
.......“teniendo otorgada la candidatura a este voluntariado lo que les deben enviar es la admisión, donde acredite que es una institución homologada por Extranjería. El formato debe constar los datos de la institución, datos de alguna persona de contacto, lugar, fecha de inicio y cese de la actividad y la actividad a desarrollar.
 
Si es remunerada debe estar aclarada la cantidad de horas y la cuantía asignada”......

La admisión: ¿Es un escrito realizado por la Fundación?

Institución homologada por extranjería. No entendemos que ha de hacer la Fundación a este respecto.

Gracias de antemano por vuestra colaboración.

 

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

14.09.19

Estimado Juan Fernando: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, la cuestión que nos traslada versa sobre la tramitación ante el correspondiente Consulado General de la República Argentina en España de una persona de dicha nacionalidad que desea realizar actividades de voluntariado en vuestra Fundación, planteándonos las dudas concernientes a la contestación dada a esa entidad no lucrativa por parte de dicho Consulado.
Al respecto, en mi opinión, dicho Consulado está utilizando una terminología propia de la República de Argentina, la cual no tiene encaje jurídico con la establecida en España, ya que la denominada “admisión” s.e.u.o., hace referencia a que vuestra entidad no lucrativa fuera una institución homologada por Extranjería, lo cual no está contemplado por la Administración pública estatal.
Dicho lo anterior, de una parte, cabría entender que la denominada “admisión” podría aludir a la autorización administrativa otorgada por la correspondiente Oficina de Extranjería del Ministerio del Interior que habilite a permanecer en España por un período superior a noventa días para la prestación de un servicio de voluntariado dentro de un programa que persiga objetivos de interés general a una persona de nacionalidad argentina. Y, de otra, en lo relativo a la acreditación de que vuestra fundación sea una institución homologada por Extranjería, debería de ponerse en contacto con ese Consulado General para hacerle saber que no se contempla por parte del Ministerio del Interior la existencia de instituciones homologadas, sugiriendo a ese servicio consular que se pusiera en comunicación con dicho Ministerio, en concreto, con la Dirección General de la Policía -http://www.interior.gob.es/el-ministerio/funciones-y-estructura/secretaria-de-estado-de-seguridad/direccion-general-de-la-policia, para tratar dicha cuestión, o, en su defecto, que por el representante legal de vuestra fundación se solicite un documento ante dicha Dirección General donde se recoja de forma expresa la no existencia de instituciones homologadas en España, en materia de extranjería.
Espero haberle ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com

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#2

Respuesta del participante:

Juan Fernando Muñoz Prieto

20.09.19

Rafael, muchas gracias por tu tiempo, eres una persona maravillosa. La ayuda es inmensa. Un abrazo

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