Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Duda de si firma el cargo de secretaria saliente o entrante el acta y el certificado de asamblea extraordinaria de una ONG

27.01.25

Buenos días.

Con permiso.

Estamos procediendo al cambio de cargo de Secretaria en la Junta Directiva de nuestra ONG y tenemos la duda de quién debe firmar el acta de la Asamblea Extraordinaria donde se vota el cambio y el correspondiente certificado.

En nuestros estatutos no precisa en qué momento empieza a surtir efecto el cambio de cargo realizado, si bien es cierto que solemos hacerlo con efectos desde el día siguiente a la reunión de la Asamblea.

Por otro lado, la administración nos firmó la última vez el propio acta donde consta toda la reunión. ¿Debe de ser así o deberían de firmar el certificado del acta que recoja lo básico de la reunión?

Teníamos pensado que firme el acta de la reunión la secretaria saliente y que firme el certificado de la misma, la secretaria entrante; pero entiendo que lo lógico es que los papeles que firme la administración incluyan ya a la nueva secretaria como tal, ¿no?

Lo mismo nos pasa con una modificación estatutaria que estamos haciendo y que también vamos a ver en la reunión de la Asamblea Extraordinaria. Si debería de firmar la secretaria saliente o la entrante.

Muchas gracias.

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Cristina Perez Simon

Haz tu consulta para el cambio

Trabaja en:

Fundación Hazloposible

27.01.25

Buenos días,

Es común que, de no especificarse en los estatutos, sea desde el día siguiente a la Asamblea, salvo que se acuerde lo contrario y se refleje en el Acta misma.

Esto resuelve que la firma del acta de la Asamblea y la modificación de Esatutos sea la Secretaria saliente, junto a la persona que ostente el cargo de la Presidencia.

De igual forma, ello acredita que para los certificados, ya figure la persona entrante al cargo de Secretaría.

Aún con todo ello, las declaraciones responsables firmadas por el Representante Legal son comunes para aportar seguridad a este tipo de procesos administrativos.

También os recomendaría intentar contactar directamente con el órgano pertinente para confirmar que no haya ningún requisito formal especial.

Ánimo con el proceso y gracias, como siempre, por vuestras consultas.

Un saludo,

avatar
#2

Aportada por:

Andre Hoelzle-Silva

Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.

Trabaja en:

Asesor particular

27.01.25

¡Hola!
1. Firma del Acta de la Asamblea Extraordinaria: - Generalmente, el acta de la Asamblea Extraordinaria debe ser firmada por el presidente y el secretario en funciones durante la reunión1(https://www.argentina.gob.ar/sites/default/files/modelos_de_actas.pdf)[2](https://fundacionesyasociaciones.com/acta-asamblea-asociacion-modelo/). Si la secretaria saliente aún está en funciones durante la Asamblea, ella debería firmar el acta. - Si el cambio de cargo surte efecto al día siguiente de la Asamblea, la secretaria saliente firmaría el acta de la reunión, y la nueva secretaria firmaría los documentos posteriores.

2. Certificado del Acta: - El certificado del acta, que resume los acuerdos tomados, puede ser firmado por la nueva secretaria si el cambio de cargo ya ha surtido efecto3(https://pgr.gob.do/servicios/certificaciones-copias-certificadas-registros-de-asamblea-reclasificacion-y-oposiciones-de-asociaciones-sin-fines-de-lucro/). Esto asegura que los documentos reflejen la nueva composición de la Junta Directiva.

3. Modificación Estatutaria: - Para la modificación de los estatutos, es suficiente con la firma del presidente y el secretario en funciones durante la Asamblea4(https://www.solucionesong.org/consulta/quien-ha-de-firmar-los-nuevos-estatutos/12641/view). Si la modificación se aprueba en la misma reunión en la que se realiza el cambio de secretaria, la secretaria saliente firmaría el acta de la Asamblea, y la nueva secretaria podría firmar los documentos posteriores.
Es importante que todos estos cambios y firmas se realicen conforme a lo estipulado en los estatutos de vuestra ONG y las normativas legales aplicables.

avatar
#3

Aportada por:

Valentín Playá Serra

Abogado y especialista en Tecnologias de la Informacion

Trabaja en:

Asesor particular

27.01.25

Buenos días,
Yo creo que cada asamblea general tiene un presidente y un secretario que, en general, son los de la asociación o pueden designarse otros al inicio de la asamblea. Al presidente y secretario de la asamblea les corresponde elaborar y firmar el acta. Posteriormente, el secretario de la asociación puede emitir certificados en los que se haga constar los acuerdos tomados en cualquiera de las asambleas.
Saludos,

avatar
#4

Respuesta del participante:

27.01.25

Muchísimas gracias a todos.

Es un gusto contar con este recurso

solucionesong.org
Un proyecto de