Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Consulta formulada por:

Marta Reina

Dos preguntas de una ONG en proceso de constitución

21.05.09

Una ONG cultural no constituida, que no puede hacer uso directo de este servicio, nos envía esta consulta que os reenvío por si pudiérais atender.


Somos un grupo de personas que estamos en proceso de constituir una Asociación Cultural sin fines de lucro. Tenemos dos dudas que queremos plantearos, a ver si podéis aclararnos:


1. Los miembros fundadores, ¿deben estar dados de alta como autónomos necesariamente?


2. Entendemos que los beneficios deben revertir en la asociación pues somos sin fin de lucro; entonces, si una artista vende un cuadro en la asociación, ¿no puede quedarse con una parte de los beneficios?


¡Muchas gracias por la ayuda!

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

José María Taberné Abad

Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor

Trabaja en:

Asesor particular

21.05.09

Hola!

1. No, nada tiene que ver el régimen fiscal o de afiliación a la Seguridad Social con la iniciativa de crear una asociación: uno puede ser autónomo, empleado, jubilado, parado, buscador de empleo, etc, y ser fundador de una asociación.

2. Grosso modo el que la asociación sea sin ánimo de lucro quiere decir que no reparte beneficios con los ingresos producto de su actividad. Pero sí puede cobrar comisiones por la venta de productos que pasan a formar parte del patrimonio asociativo.

Saludos José María Taberné

avatar
#2

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

21.05.09

Respecto a la primera pregunta, lógicamente no es necesario que los socios o miembros de la junta directiva causen alta en autónomos.

En relación con la segunda cuestión, la ausencia de ánimo de lucro implica que el beneficio o remanente obtenido por la entidad no puede ser repartido o distribuido entre sus miembros, debiéndose destinar a las actividades propia de la asociación. El que se venda un cuadro y parte de su importe se abone a su autor no tiene en principio nada que ver con la ausencia o no de ánimo de lucro, siendo algo que perfectamente se puede hacer, por supuesto teniendo en cuenta las connotaciones fiscales que pudiera tener esta operación.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.
juan@gonzalezpalomino.com

solucionesong.org
Un proyecto de