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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en proceso de constitución

¿Dónde podemos registrar esta asociación de Andalucía y qué documentación necesitamos para hacerlo?

22.09.14

Hola,

De cara a la constitución de una asociación sin ánimo de lucro de ámbito de actuación interprovincial en Andalucía, ¿dónde se haría el registro de la misma? ¿necesitaría documentación de tramitación especial distinta de los estatutos y acta fundacional?

Gracias y un saludo

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

23.09.14

En relación con la consulta planteada, paso a informarles lo siguiente: en primer lugar, la cuestión suscitada versa sobre la constitución de una asociación, al amparo de lo dispuesto en el artículo 22 de la Constitución Española, en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y demás disposiciones vigentes dictadas en desarrollo y aplicación de aquella, en la Ley 4/2006, de 23, de Asociaciones de Andalucía, así como en las demás disposiciones normativas concordantes.
De conformidad con lo expuesto, la constitución de dicha asociación al no exceder del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de suyo, conllevará a que los trámites de inscripción registral con carácter no constitutivo, se realicen ante el Registro de Asociaciones de Andalucía, el cual depende, en la actualidad, de la Consejería de Justicia e Interior de la Junta de Andalucía.
La documentación necesaria para llevar a cabo la solicitud de inscripción registral es la siguiente:
-Solicitud de inscripción (original y copia) que se dirigirá a la Delegación de Gobierno de la Junta de Andalucía correspondiente al domicilio de la asociación -http://juntadeandalucia.es/organismos/justiciaeinterior/areas/asociaciones/unidades-provinciales-registro-asociaciones.html-. Deberá contener la identificación del solicitante, cargo que ostenta en la asociación o condición en la que actúa y número de identificación fiscal.
Igualmente se identificará la asociación, denominación, domicilio y la dirección de internet que, en su caso, utilice (el Código de Identificación Fiscal se aportará al Registro una vez se haya obtenido).
Si la denominación de la asociación no figura en castellano o en alguna de las lenguas de las Comunidades Autónomas, deberá aportarse certificado de la persona que solicita la inscripción registral en el que se expondrá su traducción al castellano o a alguna de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
-Acta fundacional (2 originales; 3 originales si es una asociación juvenil, de padres y madres de alumnos) que deberá estar firmada por todos los socios fundadores (tres como mínimo) asistentes a la asamblea fundacional.
-Estatutos: deberán estar firmados en todas sus hojas por, al menos, dos socios promotores o sus representantes legales si fueran personas jurídicas o por el presidente y el secretario del órgano de gobierno, si estuvieran designados (2 originales; 3 originales si es una asociación juvenil, de padres y madres de alumnos o de alumnos).
-Documentación relativa a cada uno de los socios fundadores:
-Si es una persona física: una fotocopia del DNI en vigor el día de la presentación de la solicitud.
-Si es una persona jurídica: código de identificación fiscal y certificado (original) del acuerdo válidamente adoptado por el órgano competente, en el que conste la voluntad de constituir la asociación, así como la designación de la persona física que la representará.
-Si es un ciudadano extranjero, copia de la tarjeta de residencia en vigor el día de la presentación de la solicitud.
-Si es un menor no emancipado de más de 14 años: documento con el consentimiento para la realización de este acto firmado por las personas que deban suplir su capacidad.
-Si la denominación coincide con la de cualquier persona jurídica pública o privada
-Si la denominación coincide con la de cualquier persona jurídica pública o privada, con la de entidades preexistentes, sean o no de nacionalidad española, o con la de personas físicas, deberá aportarse el consentimiento expreso del interesado o sus sucesores. Si incluye en su denominación la de una marca notoria, deberá, aportarse el consentimiento de su titular.
http://juntadeandalucia.es/organismos/justiciaeinterior/areas/asociaciones/modelos.html
En lo relativo, a formularios de solicitud y modelos orientativos, le reenvío el link de enlace siguiente http://juntadeandalucia.es/organismos/justiciaeinterior/areas/asociaciones/modelos.html, donde podrán encontrar modelos orientativos de Acta Fundacional, Estatutos y Certificados.
Espero haberles ayudado.
Cordialmente.

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