Consultas Online
Consulta formulada por:
¿Dónde nos tenemos que dirigir exactamente para sellar el libro de actas y de socios?
25.11.03
Estamos registrados en el Ministerio del Interior y en el Ayuntamiento de Valladolid como asociaciòn de voluntariado. ¿Dónde tenemos que sellar nuestro libro de actas y de socios?. ¿Es obligatorio tener algún libro más sellado?.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
25.11.03
En respuesta a su consulta le informamos que, conforme al decreto 1440/65, de 20 de mayo, no derogado expresamente por la Ley Orgánica 1/2002 y, en consecuencia en vigor, los Libros de Actas y de Socios deben estar diligenciados por la autoridad gubernativa; debiendo entenderse por tal, el Registro de Asociaciones en el que se encuentre inscrita la Entidad; en su caso, y según la información que nos facilita, el Registro Nacional de Asociaciones.-
Esta respuesta no es vinculante.-
Opinión anónima
28.11.03
Conforme en todos sus términos con la respuesta ofrecida por D. Juan Téllez, Asesor de la Fundación Luis Vives.