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Donaciones recibidas por caja
20.03.24
Hola,
Somos una asociacion sin animo de lucro y de utilidad publica, que presentamos la contabilidad anualmente al ministerio del interior. Tenemos varias personas que quieren donarnos una cantidad de dinero en caja pero lo quieren hacer anonimamente y no las van a declarar
¿Debo darle algun documento a cambio de las donaciones?
¿Podemos pagar la indemnizacion del despido de dos trabajadoras con ese dinero directamente desde caja y que cantidad se podría pagar y con que plazo de un pago a otro si hubiese que hacerlo a plazos?
¿Cómo lo tendría que reflejar en la contabilidad para ministerio del interior?
¿Se puede hacer en un documento la liquidación y en otro la indemnización (para que no vaya todo en el mismo documento?
Gracias, un saludo
Respuestas
Aportada por:
Grado en RR.LL. (Derecho y Empresa), Universidad de León. Graduado en Ciencias Empresariales y Comercio Exterior, University of Central Lancashire. GIEMBA (Máster Propio), Universidad Isabel I. MSC (Máster Oficial) en Gestión de RR.HH.,UCLAN,RU.
Trabaja en:
Asesor particular
09.08.24
Contabilización de donativos:
Los donativos deben considerarse como un gasto corriente del ejercicio.
Para reflejarlos en la contabilidad, utiliza una cuenta contable específica, como una subcuenta dentro de la (678), que personalice el donativo.
Aunque no son deducibles fiscalmente, aún puedes aplicar una deducción en la cuota íntegra según la ley.
Documentación para donaciones anónimas:
Si recibes donaciones anónimas, el control contable puede ser suficiente. Registra la fecha, la cantidad y el donante (aunque sea anónimo) en tu contabilidad2.
No es necesario proporcionar un documento específico a cambio de donaciones anónimas.
Pago de indemnizaciones:
Puedes utilizar el dinero en caja para pagar indemnizaciones.
El monto y el plazo de pago dependerán de las circunstancias específicas y las leyes laborales en tu área.
Reflejo en la contabilidad:
Registra las donaciones y los pagos de indemnización de manera clara y detallada en tu contabilidad.
Consulta con un contador o asesor legal para asegurarte de cumplir con los requisitos específicos del Ministerio del Interior.
Documentos separados:
Sí, puedes hacer una liquidación en un documento y la indemnización en otro para mantener la claridad y evitar confusiones.