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Donaciones/ Impuesto sociedades
25.11.22
Buenas tardes,
Debe nuestra asociacion presentar el impuesto de sociedades si no pasamos los 75.000 al año?
Los donativos, serían rentas exentas?
Tenemos otra duda, debemos justificar cada donación con el nombre, apellidos, dirección y DNI de la persona?
Muchas veces los donantes no quieren dar tanta información.
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
25.11.22
No tenéis obligación de presentarlo, pero siempre que sean rentas exentas (donativos); en caso contrario, ejercicio de una actividad económica, sí tenéis obligación con independencia de la cuantía de los ingresos.
Debéis siempre identificar a los donantes que pidan certificado, para declararlos en el modelo 182. Los donativos anónimos no tenéis posibilidad de identificarlos y lo que no sería lógico sería rechazarlos, cuando el importe donado coadyuve al cumplimiento de vuestros fines sociales.
Bien es verdad que por la Ley de Prevención del Blanqueo de Capitales habría que identificar todos los donativos, pero esto no ocurre en la práctica con pequeños donativos anónimas (por ejemplo, el “cepillo” de la Iglesia Católica, o los diezmos en la Iglesia Evangélica). Ahora bien, en el supuesto de un donativo de cuantía importante, sí hay que tener mucho cuidado en tenerlo identificado.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Aportada por:
Economista especializado en Gestión de Asociaciones
Trabaja en:
Asesor particular
28.11.22
Buenos días,
Matizo que si no estais declarados de utilidad pública ni estais acogidos al regimen fiscal de la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, no teneis que presengtar el modelo 182 de Hacienda, que es el que le dice a Hacienda las donaciones que habeis tenido con derecho a deducción en el irpf.
Un saludo.