Consultas Online
Donaciones a una asociación no declarada de utilidad pública, ¿desgravan o no?
14.09.24
Hola, tenía entendido lo siguiente:
“En España, los donativos a una asociación que no está declarada de utilidad pública no son desgravables en la declaración de la renta personal. Para que los donativos sean deducibles en la declaración de la renta, la asociación debe estar inscrita en el registro de asociaciones de utilidad pública, conforme a la Ley 49/2002, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.”
Sin embargo, una asociación que ya está operando y tampoco está declarada de UP, nos comenta que sí desgrava:
“Nosotros le pasamos los datos a nuestra gestoría con todos los socios que habían donado en 2023. Ellos hicieron el proceso de comunicar a hacienda los datos de cada persona junto con la cantidad donada. Al solicitar el borrador de la renta, automáticamente salía la cantidad donada. Aún así, entre enero y febrero, facilitamos a cada socio un certificado de donación para que tuvieran el justificante en caso de alguna incidencia. Esto es para personas físicas, ignoro cómo sería el procedimiento para una empresa”
Esta información parece ser contradictoria.
¿Algún experto puede aportar claridad sobre este punto?
Respuestas
Aportada por:
Fundación Gestión y Participación Social
Trabaja en:
Asesor particular
15.09.24
Hola.
Con la información aportada, pienso que la gestoría se está equivocando. Por esos donativos, mientras sean para los fines de la entidad, la asociación no está obligada a pagar impuestos, pero al donante no le aportan derecho a desgravación fiscal (entendiendo que seguramente no se trata de una aportación a un “programa de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público”).
Un saludo
César Valencia
Fundación Gestión y Participación Social
www.asociaciones.org