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Consulta formulada por:
Donación económica entre ONG
24.04.19
Hola!
Hemos realizado una donación económica desde nuestra ONG a otra ONG. ¿Hay que declarar en algún sitio esta donación?
Muchas gracias
Respuestas
Excelente
Aportada por:
SULAYR
Trabaja en:
Asesor particular
24.04.19
Buenos dias.
Pues depende de si genera o no derecho a deducción en el donante, y del volumen de ingresos de ambas entidades.
Por ello le ruego que sea un poco mas explicito.
No obstante si ambas entidades ingresan menos de 75.000 € año, y ninguna esta acogida a la Ley de incentivos al mecenazgo, Y EL DONATIVO ES EN METALICO, NO HAY NADA QUE DECLARAR.
No obstante reitero que con mas datos podremos dar una respuesta mas concreta.
Saludos.
mas en www.sulayr.com
Respuesta del participante:
24.04.19
Gracias por la rápida respuesta.
La donación se ha realizado vía transferencia bancaria y es de 2000€. Nosotros no estamos acogidos aun a la ley del mecenazgo y tenemos ingresos inferiores a 75000€ al año, desconocemos si la ONG destinataria esta acogida a esa ley y sus ingresos anuales.
Saludos
Excelente
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
24.04.19
Vosotros, como donantes, no debéis declarar esa donación en un modelo específico. En todo caso, sería la entidad que recibe el donativo quien debería declarar esa donación en el modelo 182 de donativos, pero siempre que esté acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002.
Lo anterior con independencia de que lógicamente reflejéis ese donativo en vuestra contabilidad y contéis con el justificante documental del mismo.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.