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Consulta formulada por:
DONACIÓN A UN VOLUNTARIO DE UNA FUNDACIÓN
09.04.19
Como contabiliza una Fundación una donación a una persona física, voluntaria de la Fundación para gastos de transporte para visitar uno de sus proyectos.
Y la persona física tiene que declarar de alguna forma esa donación en su IRPF.
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Asesor Fiscal y Contable
Trabaja en:
Asesor particular
10.04.19
Hola,
Dichos gastos los podéis cargar en la cuenta 653 (Compensación de gastos por prestaciones de colaboración) con abono en la cuenta correspondiente de Tesorería del subgrupo 57.
El voluntario no tiene que declarar en irpf dichos ingresos, siempre que los mismos se ajusten a lo establecido en el siguiente párrafo:
“Si el empleado o trabajador utiliza medios de transporte público, el importe del gasto que se justifique mediante factura o documento equivalente. En otro caso, siempre que se justifique la realidad del desplazamiento, la cantidad que resulte de computar 0,19 euros por kilómetro recorrido, más los gastos de peaje y aparcamiento que se justifiquen”
El exceso percibido sobre dichos conceptos sí deberá incluirse como ingreso en la declaración de la Renta.
Un saludo,