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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Miguel Fiandor Gutiérrez

Domicilio fiscal y social en el registro de los estatutos

07.11.10

Al registrar los estatutos, ¿hay que presentar algún documento que demuestre que la asociación pueda usar sus domicilios social, fiscal y/o de notificaciones?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

08.11.10

Hola Miguel;

Hay que especificar si se trata del domicilio fiscal, social o ambos, pero no hay que presentar ningún documento.

Saludos, Eva

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#2

Respuesta del participante:

Miguel Fiandor Gutiérrez

09.11.10

Hola Eva, ¿qué sentido tiene que sea así?, entonces el día de mañana registramos una asociación con domicilio social el estadio de fúbtol del atleti, y ¿santas pascuas?

Entonces, mínimo tendrá que llegar una notificación a dicha dirección, y si el dueño de la misma no hubiera dado su conformidad lo reclamaría en alguna institución, ¿no?

Pensaba que el registro sería de forma que evitarán ese tipo de casos…

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#3

Aportada por:

Eva Buades Martinez

Asesora voluntaria

Trabaja en:

Asesor particular

10.11.10

Hola Miguel,

Pues si, coincido contigo pero por el momento y según tengo entendido es lo que hay, no se, a ver si algún compañero puede aportar algo más.

Saludos, Eva

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