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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mercedes Lahoz

Documentación recepción préstamos de particulares

18.04.20

Buenas tardes,
en esta ocasión me pongo en contacto con vosotros para ver si podéis resolverme estas dudillas.
Estamos viendo la opción de recibir préstamos de particulares y nos gustaría saber cuál sería la mejor forma de gestionarlo. Es decir, qué pasos deberíamos dar para dejarlo todo lo mejor atado posible. ¿Es necesario documento notarial? ¿De cara a hacienda, es necesario algún procedimiento?
Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

18.04.20

Por supuesto es conveniente reflejar el préstamo en un documento, en el que se refleje el importe prestado, el plazo de devolución, si el préstamo devenga o no intereses … En principio no es necesario el documento notarial, pero sí es conveniente presentar a liquidación (está exento) el documento ante la Consejería de Hacienda de la correspondiente Comunidad Autónoma, con lo que, intervenido el documento por un funcionario público, tiene parecidos efectos al documento notarial, pero sin coste alguno.

Por otro lado, es muy conveniente que el importe recibido en préstamo, así como las correspondientes devoluciones, se realicen mediante transferencias bancarias, reflejando en la transferencia el concepto de “préstamo”, o “devolución préstamo”.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Aportada por:

Jordi Pietx i Colom

Consultor en innovación socioambiental en red

Trabaja en:

Asesor particular

20.04.20

Buenos días Mercedes,

No es necesaria ninguna firma notarial, podeis acordar un préstamo personal con interés a vuestra organización mediante documento privado. Sí que debéis de justificar a hacienda los rendimientos de intereses para vuestros depositarios, y realizar por tanto la correspondiente retención de IRPF, de la misma manera que una entidad financiera creo. Este es un paso relativamente fácil que vuestro gestor contable puede realizar.

Por si fuera de vuestro interés, os recomiendo visitar www.coop57.coop, una cooperativa de crédito para tercer sector y cooperativas que también es una plataforma muy interesante, que también realiza campañas de financiación para entidades específicas, aunque el proceso para acreditarse con ellos tarda un poco de tiempo.

Esta fórmula la utiizamos durante varios años en una red de entidades donde trabajé como director en su momento. Te adjunto dos links (en catalán) que te pueden orientar sobre la fórmula; el segundo de los links da acceso a un modelo de contrato privado de crédito:

http://xarxanet.org/ambiental/noticies/innovant-en-el-financament-de-les-entitats-ambientals-estalvi-etic-en-forma-de-prestecs-personals

http://www.custodiaterritori.org/news/ca/2015/04/10/0005/estalvi-etic-per-a-la-promocio-de-la-custodia-del-territori

Muchas suerte y saludos,

Jordi Pietx

solucionesong.org
Un proyecto de