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Consultas Online

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Dimision via whatsapp

02.10.19

Hola,

Tenemos un miembro que ha dimitido vía whatsapp.

Le enviamos una hoja con los hechos para que sepa lo que su dimisión conlleva y publicamos que se desvincula del proyecto de la Asociación por redes sociales y no quiere firmarlo.

Con una reunión de la junta directiva ¿Se puede hacer efectiva la dimisión y nombrar una persona en su lugar? ¿Es suficiente la dimisión por whatsapp o hace falta hacer una reunión con esa persona?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Pedro Ródenas

Consultor TIC. Formador y asesor en seguridad informática, tecnología y comunicación.

Trabaja en:

Asesor particular

04.10.19

Buenos días,

Desde el punto de vista informático, que es el que yo puedo hablar, el WhatsApp es un medio de comunicación como puede ser un correo electrónico, una llamada telefónica o una carta (correo postal), tiene la misma validez “comunicativa”.

Esto sirve para activar los siguientes proceso o protocolos que sean requeridos, por ejemplo, en un contrato laboral la dimisión desencadena la finalización de un contrato que ambas partes deben de firma para poner fin a la relación empresarial.

En vuestro caso de asociación, desconozco si la persona que ha dimitido firmó algún tipo de contrato o documento en el cual empezaba una vinculación con vosotros, si lo hay ahora debe de firmar su desvinculación. Si no lo hay, no es lo habitual pero el WhatsApp haría de correo electrónico y serviría como documento de dimisión.

Si hay una relación laboral, empresarial o de otro tipo, recomiendo que hagais una consulta con un consultor/abogado laboralista.

Espero haberte ayudado.

Saludos.

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#2

Aportada por:

Marilene Schmidt Rubial

Lic. en Comunicación Social.Especialista en Comunicación para el Desarrollo

Trabaja en:

Asesor particular

04.10.19

Hola.
Desde el punto de vista de la comunicación (que es mi especialidad) de la decisión, ésta puede hacerse vía medios electrónicos y luego seguir los canales más formales. De hecho hay casos en que el empleado renuncia vía mensaje electrónico y luego, en una instancia judicial, estos son considerados válidos. Eso en cuanto al ‘medio’, pero algo central es el mensaje, que dice la persona en el. Es importante tener en cuenta el ‘contenido’ del texto.
Creo que si el empleado se niega a asistir y firmar el documento de dimisión, hay herramientas legales (como una Carta Documento) donde la organización puede informarle en su domicilio sobre la aceptación de la dimisión expresada vía Whatsapp.
Espero puedan solucionarlo.
Saludos

solucionesong.org
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