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Desgravacion fiscal de donaciones en España/Pais Vasco
20.04.22
Hola,
Somos una ONGD registrada en Vizcaya e inscrita en el registro de AECID.Solo por este hecho entendemos que los donativos de donantes que recibimos tiene derecho a desgravación fiscal, y así se aplica a todos nuestros donantes en el territorio español excepto en el Pais Vasco.
La Hacienda de Vizcaya nos deniega esta desgravacion, ya que segun El Título II de la Norma Foral 4/2019, solo consideran entidades sin fines lucrativos a efectos de la aplicación del régimen fiscal, a las fundaciones y ASOCIACIONES DECLARADAS de UTILIDAD PÚBLICA.
¿Podrían ayudarnos a despejar este asunto?
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
20.04.22
Efectivamente la redacción de la Ley foral es distinta a la redacción de la Ley estatal, en cuanto que esta última hace referencia a las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a las que se refiere la Ley de Cooperación Internacional (por ahí entran las asociación no declaradas de utilidad pública pero inscritas en el Registro de la AECI); sin embargo, la Ley foral no incluye a estas entidades, por lo que no les resulta de aplicación el régimen fiscal especial previsto en la misma.
Lo que no sabemos es si esta redacción de la Ley Foral se debió a un olvido del legislador foral o la exclusión de las asociaciones no declaradas de utilidad pública, pero de cooperación internacional, fue con pleno conocimiento de esta circunstancia.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Respuesta del participante:
20.04.22
muchas gracias por su respuesta,Juan. debemos entender entonces que la ley foral, es la que nos aplica?