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Consultas Online

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Demora en pago de convenio con Ayuntamiento

12.01.24

Tenemos pendiente el cobro de un convenio con un Ayuntamiento de la C.Valenciana, del ejercicio 2021 y 2023.
El capítulo 4 de admistraciones locales, indica que al ser catalogados como subvenciones, se considera de pago anticipado. No obstante, no es el caso.

¿Existe plazos máximos de pago?
¿Se les puede reclamar intereses de demora? De ser así, ¿cuáles?

Agradeceríamos nos indiquen el procedimiento más adecuado, más allá de reclamárselo por registro de entrada, que ya lo hemos hecho, tras las conversaciones mantenidas.
Gracias,

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan Pablo Blanca Pérez

Abogado laboralista ejerciente. Especialista en derecho laboral, seguridad social y prevención de riesgos laborales.

Trabaja en:

Asesor particular

12.01.24

Buenas tardes,

En el caso en que la subvención se haya acordado mediante convenio, hay que atender a lo dispuesto en él para saber cómo reclamar. Esto significa que, normalmente, este documento fijará las pautas a seguir en el caso en que no se haya recibido el dinero por parte de la entidad.

En vuestro caso, el siguiente paso sería acudir a la vía administrativa. En esta fase, hay que requerir formalmente por escrito el pago de la subvención reconocida a instancias superiores. Si tampoco prospera esta solución, habría que acudir a la vía judicial mediante la interposición de un recurso contencioso-administrativo.

El impago de la subvención no genera intereses de demora, únicamente se podría reclamar la cantidad de que se trate más el interés legal.

Un saludo

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