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Consulta formulada por:
¿Deberían cambiar mi contrato de sustitución por uno indefinido?
28.09.16
Hola,
Trabajo en una fundación y hace 4 años me hicieron un contrato de duración determina por sustitución. A la persona a la que sustituí, a los 6 meses, le dieron la incapacidad total. A fecha de hoy he solicitado que me den mi contrato para pedir un préstamo y he visto que es el mismo que el del principio (sustitución).
¿Este contrato es válido o me pueden hacer otro actualizado poniendo que es indefinido? La categoría que tenia era de auxiliar pero mis tareas son de administrativa. He dicho que me lo cambien y me han comentado que eso no implica nada el tener una categoría u otra.
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogada laboralista. nieves.perez@madom.es
Trabaja en:
Asesor particular
03.10.16
Buenos días,
El contrato de interinidad, una vez que el INSS emite la resolución administrativa por la que le conceden la incapacidad permanente al trabajador que sustituye, se queda sin razón de ser, por lo que tendría que extinguirte el contrato o transformarlo en indefinido (la transformación a indefinido ya sería en tu caso la solución legal). La transformación a indefinido significa que cambia el tipo de contrato, pero el resto de condiciones contractuales pactadas continúan vigentes en los mismos términos (antigüedad, categoría, salario, jornada, etc..).
En cuanto a la categoría, lo mas probable es que en el contrato se haya puesto simplemente auxiliar por un defecto formal, no tiene mas consecuencias siempre que se cumpla con las funciones propias de la categoría y se te respete el salario establecido por el convenio aplicable a vuestro caso. No obstante, estas en tu derecho en solicitar que te lo cambien.
Saludos cordiales
Nieves