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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Tomás Lorente Martinez

¿Debería estar dado de alta en la S.S. para trabajar en la tienda de la asociación?

07.09.18

Hola,

Somos una asociación sin ánimo de lucro. Realizamos reparto de alimentos y ropa. Tenemos un proyecto a punto de poner en marcha, que consiste en abrir una tienda solidaria de comidas para llevar, dirigida a personas con pocos recursos.

Para ello, tenemos que contratar a varias personas que se dediquen a la atención al público. Evidentemente los trabajadores que contratemos tienen que estar en el régimen general. Pero se nos plantea la siguiente duda:

Yo, como presidente de la asociación, ¿puedo ser contratado por la asociación para trabajar en la tienda? ¿Deberíamos dar de alta mi contrato en la Seguridad Social en régimen general? ¿O cómo debería estar dado de alta en la S.S.?

Muchas gracias de antemano. Un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

10.09.18

Sí, no habría problemas en ser contratado en la asociación por funciones distintas (que en este caso lógicamente lo son) a las de miembro de la junta directiva. La contratación sería en el régimen general.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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