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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Sofia Barquero

¿Debemos tener hojas de reclamación a disposición de las personas beneficiarias de nuestras actividades?

02.06.16

Hola,

Somos una asociación juvenil de Asturias que ofrece actividades gratuitas para los y las participantes financiadas desde las diferentes administraciones. La entidad es privada, no depende de ningún órgano público.

La duda que nos surge es si debemos de tener a disposición de los y las beneficiarias de las actividades hojas de reclamaciones.

¡Muchas gracias y un saludo!

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Alvaro Ortega Santos

Cooperante, gestor cultural y experto en asociacionismo.

Trabaja en:

Asesor particular

07.06.16

Entiendo que sí, ya que la Ley del Principado de Asturias 11/2002, de 2 de diciembre, de los Consumidores y Usuarios establece que “a fin de facilitar a los consumidores y usuarios la adecuada protección jurídica de sus derechos, se establece la obligación de poseer a disposición de los mismos en todos los establecimientos, servicios y actividades profesionales radicados o que se presten o desarrollen en el Principado de Asturias hojas de reclamaciones con el contenido mínimo que se establezca reglamentariamente.”

Revisa igualmente las consultas anteriores sobre:”
¿Una asociación que presta servicios debe tener un libro de reclamaciones?”:http://www.solucionesong.org/consulta/una-asociacion-que-presta-servicios-debe-tener-un-libro-de-reclamaciones/8822/view

¿Debemos tener hojas de reclamaciones por estos servicios que prestamos desde la asociación?

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#2

Aportada por:

Francisco Rodríguez

Asesor de gestión, Fundraising y economia social

Trabaja en:

Asesor particular

07.06.16

Buenos dias Sofia
La respuesta es que sí. Todas aquellas personas jurídicas que presten un servicio deben tener la hoja de reclamaciones, sea la que sea su titularidad, ya que las personas que reciben ese servicio se convierten en usuarias. Si no las tenéis fisicamente debéis indicar dónde las pueden conseguir en la página web del organismo de consumo asturiano, es un mal menor en caso de no tenerlas y que alguien quiera presentar una reclamación.

Las hojas las podéis bajar en la misma web del gobierno del principado

un saludo

Francisco Rodriguez

solucionesong.org
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