Consultas Online
![avatar](/img/defecto/usuarios/thumb.very_small.150_NEGRO_CHICA.jpg)
Consulta formulada por:
¿Debemos referirnos a la LISMI en el certificado de donación que entregaremos a la empresa?
20.01.15
Hola,
Hemos recibido una donación de una empresa que quiere cumplir con las “medidas alternativas” de la LISMI a través de dicha donación. Como ONG cumplimos con los requisitos exigidos en la Ley para tal fin. ¿Es necesario que en el Certificado de donación que tenemos que entregar a la empresa donante hagamos alguna referencia a la LISMI? o ¿serviría un Certificado de donación común sin aclaraciones de este tipo?.
Muchas gracias.
Respuestas
![avatar](/img/usuarios/5097f90f323c2/thumb.very_small.fran.jpg)
Aportada por:
FRAN VIRUES AVILA
Trabaja en:
Asesor particular
18.02.15
Hola,
En principio no es obligatorio señalarlo. La empresa donante recibirá certificado de donación y con ello podrá justificar las medidas alternativas de la LISMI.
Saludos,
fran virues.
![avatar](/img/usuarios/5097f90f323c2/thumb.very_small.fran.jpg)
Aportada por:
FRAN VIRUES AVILA
Trabaja en:
Asesor particular
18.02.15
Hola,
En principio no es obligatorio señalarlo. La empresa donante recibirá certificado de donación y con ello podrá justificar las medidas alternativas de la LISMI.
Saludos,
fran virues.