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Consulta formulada por:
¿Debemos presentar factura con IVA en nuestro caso?
16.10.12
Hola,
Somos una ONL declarada de utilidad pública. Vamos a realizar una actividad con una fundación, en la que nosotros nos encargamos de toda la gestión y ejecución del proyecto y de pagar los servicios que contratemos. ¿Debemos hacer una factura a la fundacion con IVA o sin él?
Para este evento vamos a firmar un convenio de colaboración.
Gracias por su ayuda.
Saludos.
Respuestas
Aportada por:
Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web
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Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.
18.10.12
Buenos días Maria Nieves,
Lo primero que hay que tener en cuenta que es lo que entiende la ley por el convenio colaboracion.
En la ley 49/ 2002 en su articulo 25.1 define el convenio de colaboración empresarial en actividades de interés general, aquel por el cual las entidades beneficiarias del mecenazgo ( vosotros lo sois), a cambio de una ayuda económica para la realización de las actividades que efectúen en cumplimiento del objeto o finalidad específica de la entidad, se comprometen por escrito a difundir, por cualquier medio, la participación del colaborador en dichas actividades.
Aunque existe una contraprestación por el dinero recibido, la ley establece que la difusión de la participación del colaborador en el marco de los convenios de colaboración no constituye una prestación de servicios, y por tanto no estará sujeta a IVA.
Pero tiene que ser lo que la ley entiende por convenio de colaboración, para que no tengais problemas.
Espero haberte ayudado.
Un saludo
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com
Respuesta del participante:
19.10.12
Buenos dias, Silvia
Muchisimas gracias por tu respuesta. Ha sido de mucha utilidad.
Saludos cordiales
Marinieves