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Consulta formulada por:
¿Debemos pagar algún impuesto por las donaciones?
05.03.10
Debemos afrontar algún tipo de impuesto por las donaciones que percibamos, bien sean económicas o en especies?. ¿Y el donante?, ¿debe afrontar el pago de algún impuesto?
Muchas gracias
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's
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Asesor particular
08.03.10
No, por las donaciones no hay ninguna carga impositiva, ni para el perceptor ni para el donante. Si la entidad está considerada de utilidad pública, el donante podrá desgravarse un porcentaje en su declaración de la renta, o impuesto de sociedades en caso de ser persona juridica.
Un saludo
Mariano Romero
mariano.romero@cuadre-dyg.org
Opinión anónima
08.03.10
Hola Juan Antonio,
Si vuestra asociación cumple con los requisitos de la Ley 49/2002, ese renta está exenta. En principio, para el donante, tampoco existiría ningún pago de impuesto, pudiendose beneficiar de lo estipulado en la citada ley. Digo en principio, sin conocer las cantidades y condiciones en las que se desarrolla esa donación.
Un saludo.
Salvador.
Excelente
Aportada por:
C.I.E.M.
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Asesor particular
09.03.10
No, está exenta, pero si no se aplican en el mismo año de la recepción, hay que asignarles u n número de cuenta que sirva para diferenciarlas de las recibidas en otros ejercicios hay un plazo máximo creo que de cinco años para aplicarlas